Bloomberg Línea — El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Alivio Financiero en su segundo y último debate el pasado 5 de diciembre, razón por la cual pasará a sanción presidencial y será enviada al Registro Oficial.
La iniciativa fue enviada a la Asamblea Nacional el pasado 7 de noviembre por el presidente Daniel Noboa con carácter urgente y recibió el visto bueno de la Legislatura casi un mes después. Su objetivo es implementar “incentivos financieros, económicos y fiscales” para contrarrestar el impacto que han traído consigo los más de dos meses de apagones.
“Entre las principales medidas, se incluyen incentivos fiscales y alivios económicos destinados especialmente a los jóvenes. Además, establece la suspensión temporal de los procedimientos de ejecución coactiva entre noviembre de 2024 y febrero de 2025, garantizando un respiro financiero”, explicó la Secretaría General de Comunicación de Presidencia.
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Acerca de la iniciativa, la presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz, sostuvo: “Hemos cumplido con el pueblo ecuatoriano y estamos entregando herramientas para que puedan subsistir en esta crisis económica y energética”.
Los principales puntos de Ley de Alivio Financiero en Ecuador
Seguro de desempleo: quienes estén afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y hayan sido despedidos de su trabajo en noviembre, o tengan aviso de salida en diciembre, enero y febrero, podrán acceder inmediatamente al seguro de desempleo.
Para ello, deberán:
- Acreditar veinticuatro (24) aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia, de las cuales, al menos seis deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia.
- Encontrarse en situación de desempleo por un período no menor a diez días de encontrarse desempleados.
- Realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día octavo de encontrarse desempleados.
- Verificarse previamente el aviso de salida registrado por el empleador en el IESS.
- No ser jubilado.
Crédito tributario para las empresas: los empleadores que no hayan despedido empleados en octubre, noviembre y diciembre, en comparación con la nómina declarada al 30 de septiembre, “gozarán de un crédito tributario para el ejercicio fiscal del año 2024″.
Alivio del BIESS en créditos hipotecarios: el Banco Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS) refinanciará o reestructurará los créditos hipotecarios vigentes hasta el pasado 30 de septiembre, otorgando un periodo de gracia de 90 de días, en el que tampoco cobrará intereses por mora.
Desahogo financiero en créditos con bancos privados: en un plazo de 15 días tras la publicación de esta ley, los bancos públicos y privados deberán instaurar alternativas de alivio financiero a sus usuarios.
Condonación de créditos educativos: será del 100% y aplicará para las deudas de créditos educativos de estudiantes en condición de discapacidad o con enfermedades huérfanas que se encuentren activos
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Además, se condonarán los intereses y recargos por mora, multas y gastos administrativos pendientes de pago en créditos para el resto de los estudiantes.
Facilidades de pago en el servicio de internet: los prestadores de servicio de internet y telefonía deberán ejecutar “medidas de remediación a sus usuarios”, además de facilidades de pago en las planillas de facturación, mientras dure la crisis energética en Ecuador.
Prohibida el alza a los arrendamientos: mientras dure la emergencia por los apagones en Ecuador estará prohibido incrementar el rubro de los arrendamientos; también quedará suspendido el aumento por cláusula de renovación automática.