Buenos Aires — La actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) volvió a quedar en manos del Gobierno luego de que la última reunión del Consejo, celebrada el 26 de noviembre, no alcanzara un entendimiento entre representantes sindicales y empleadores.
Esa intervención se concretó a través de la Resolución 9/2025, incluida el miércoles en el Boletín Oficial y firmada por la presidente alterna del organismo, Claudia Silvana Testa. El texto establece una pauta de incrementos que regirá a nivel nacional desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026 y que alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley 20.744, al personal bajo el Régimen de Trabajo Agrario y a quienes se desempeñan en dependencias de la Administración Pública Nacional, con exclusiones específicas para “las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198”.
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Ese esquema convive con reclamos previos de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), las dos CTA, Territorios en Lucha, el Frente Barrial y otras organizaciones, que venían pidiendo que el Salario Mínimo, Vital y Móvil se alineara con el costo de la Canasta Básica Total, ubicada en ARS$1.276.649 para una familia tipo, mientras que la Canasta Básica Alimentaria asciende a 572.488 pesos. Para alcanzar ese nivel se necesitaría un ajuste del 180%.
Al mismo tiempo, los indicadores del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET) muestran que el salario mínimo arrastra una baja real que se profundizó desde diciembre de 2023. Ese mes registró una caída del 15%, seguida por una de 17% en enero de 2024. Más cerca en el tiempo, el instituto calculó descensos de 0,5% en julio y agosto, 2,0% en septiembre y 2,3% en octubre, con apenas un leve respiro en junio.
¿Cómo queda el SMVM?
En paralelo a ese deterioro, la resolución oficial fija la escala que, desde el 1° de noviembre de 2025, elevará el salario mínimo mensual a ARS$328.400 para quienes cumplan la jornada completa (hasta agosto era ARS$322.200) y establecerá un valor horario de ARS$1.642 para el trabajo jornalizado (antes, ARS$1.610).
A partir de allí, cada mes tendrá su propio ajuste:
- Diciembre 2025: ARS$334.800.
- Enero 2026: ARS$341.000.
- Febrero 2026: ARS$346.800.
- Marzo 2026: ARS$352.400.
- Abril 2026: ARS$357.800.
- Mayo 2026: ARS$363.000.
- Junio 2026: ARS$367.800.
- Julio 2026: ARS$372.400.
- Agosto 2026: ARS$376.600.
Los montos por hora para el trabajo jornalizado seguirán el mismo ritmo de incrementos y alcanzarán los ARS$1.883 en agosto de 2026.
La normativa también actualiza las referencias de la prestación por desempleo, que continúa utilizando el criterio fijado en septiembre de 2023: el monto debe equivaler al 75% de la mejor remuneración neta del trabajador en los seis meses previos al fin del vínculo laboral, siempre dentro de los límites ya establecidos. “En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”.
El Gobierno terminó aplicando este esquema de manera directa, una práctica que se repite desde la asunción de Javier Milei, ante la reiteración de reuniones del Consejo que concluyen sin consensos y obligan a que las definiciones se adopten por vía administrativa.