Supertransporte abrió investigación y formuló pliego de cargos contra Viva Air

La Superintendencia de Transporte asegura que la aerolínea no acompañó el cese de su operación con el suministro de información completa, veraz y oportuna

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Bogotá — Antes de que se cumplan las 48 horas del cese de operaciones de Viva Air, la Superintendencia de Transporte le abrió una investigación a la aerolínea y le formuló pliego de cargos por la no prestación del servicio de transporte.

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Mediante la Resolución 637 de marzo de 2023, la autoridad mencionada encontró méritos para dicha apertura porque la aerolínea de bajo costo no acompañó la suspensión de sus operaciones con el suministro de información completa, veraz, oportuna y precisa a cada uno de los usuarios, según lo ordenado por el Estatuto del Consumidor y los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

“La Superintendencia ejerce sus funciones de inspección, vigilancia y control de manera rigurosa en materia de transporte aéreo, por eso, el cumplimiento de lo dispuesto en las normas es primordial y en este caso en particular, fueron alrededor de 466.604 usuarios que tenían reservas confirmadas al 27 de febrero, fecha de la suspensión de las operaciones de Viva. Adicionalmente, la Supertransporte pudo verificar mediante la página web de la aerolínea, que se continuaban vendiendo tiquetes, y que para la misma fecha, ya se habían vendido 5.750 reservas. Por esto, la entidad velará por los derechos de los usuarios y por el correcto funcionamiento del sector aéreo en nuestro país”, enfatizó la superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina.

Asimismo se impuso medida administrativa a Viva Air ordenándole: presentar un documento que contenga el Plan de Atención a Usuarios que implementará, de acuerdo con los siguientes requerimientos: acciones para garantizar la recepción y atención oportuna de las PQRD por parte de los usuarios; canales y horarios de recepción de PQRD; procedimientos y mecanismos que garanticen la recepción y atención oportuna de PQRD; y mecanismos para garantizar la asignación de turnos de PQRD.

Viva Air también deberá publicar un comunicado oficial que indique de manera precisa, veraz y oportuna el Plan de Atención a usuarios, escribiendo claramente los números telefónicos de atención, correos y demás canales dispuestos para tal fin.

Y además, tendrá que allegar periódicamente a la Superuransporte una relación de PQRD con datos del usuario que radica la queja, canales, motivos y, la respuesta remitida.

La aerolínea queda con la obligación de implementar las medidas compensatorias en materia de reembolsos que haya lugar.

De acuerdo con información de esta autoridad, se pudo evidenciar que más de 80 vuelos no fueron operados el 28 de febrero de 2023.

Posible sanción

De ser responsable de los cargos que se le imputan por parte de la Superintendencia de Transporte, la aerolínea Viva podría ser multada con entre uno y 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, según lo establece el Reglamento Aeronáutico de Colombia.

De otro lado, el incumplimiento de la medida administrativa dará lugar a la imposición de multas sucesivas de hasta 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de Ley 1437 de 2011.