Dólares del colchón: el mensaje del BCRA y la UIF instando a los bancos a reducir las trabas

Los reguladores argentinos emitieron un comunicado abogando por que los bancos no pongan barreras a la recepción de dólares. “Debe presumirse el cumplimiento fiscal salvo prueba en contrario”, indicaron, ante la implementación de la Ley de Inocencia Fiscal.

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Buenos Aires — Mientras negocia con la oposición dialoguista los detalles finales del proyecto de ley de reforma laboral y monitorea la situación en FATE, el gobierno de Javier Milei no se olvida de una de las principales apuestas de Luis Caputo en materia económica para este año: incentivar el uso de los US$170.000 millones que el oficialismo estima que los argentinos atesoran ‘bajo el colchón’.

Para ese fin el Banco Central argentino (BCRA) y la Unidad de Información Financiera (UIF) emitieron este miércoles un comunicado conjunto con el que buscan asegurar que los bancos no pongan trabas a la recepción de esos dólares con los que el equipo económico del Gobierno busca remonetizar la economía, de modo que el freno de emisión de pesos para contener a la inflación no ponga un techo a la actividad.

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“Debe presumirse el cumplimiento fiscal salvo prueba en contrario”

Con el objetivo de eliminar posibles obstáculos en la recepción de esos dólares, el BCRA y la UIF les recordaron a las entidades que la Ley de Inocencia Fiscal, reglamentada a inicios de este mes, introdujo “modificaciones sustanciales en el sistema tributario y en la relación fisco-contribuyente” que “redefinen” el vínculo entre el contribuyente y ARCA al establecer que “debe presumirse el cumplimiento fiscal salvo prueba en contrario” abandonando la “lógica histórica de persecución generalizada”.

A través del comunicado, el BCRA y la UIF pidió a los sujetos obligados que valoren una serie de consideraciones, entre las que se encuentra que “en economías con antecedentes de alta inflación y volatilidad cambiaria, la tenencia de moneda extranjera en efectivo constituye una conducta económicamente racional orientada a la preservación del valor de los activos”. Por ese motivo, expresaron que “dicha circunstancia no configura, por sí sola, un indicio de ilicitud ni justifica su calificación automática”.

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Un sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva efectivo no puede escindirse de la realidad macroeconómica del país en el cual se encuentra implementado”, señaló el texto.

“La economía argentina ha presentado históricamente elevados niveles de informalidad, procesos recurrentes de inestabilidad macroeconómica, alta inflación, restricciones cambiarias y desconfianza en el sistema financiero tradicional. Dicha situación ha incidido en los patrones de comportamiento financiero, de ahorro y de utilización de moneda extranjera en efectivo”, agregó.

¿Qué pasa con los depósitos en efectivo?

Además, desde los mencionados organismos se recordó que “la normativa de Prevención de Lavado de Activos no prohíbe los depósitos en efectivo”, independientemente de su monto ni “tampoco exige la solicitud de información sobre el origen de los fondos en línea de caja como condición para aceptar un depósito”. La obligación normativa se limita a la identificación del depositante y del titular cuando el monto supera los 40 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil), aclararon.

Se trata, sin embargo, de una serie de lineamientos y consideraciones de la UIF y del BCRA sobre la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal que no implican un cambio regulatorio adicional.

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Por otra parte, las entidades recordaron que la ley actualiza las condiciones objetivas de punibilidad para que se tipifique el delito de evasión tributaria elevando significativamente el umbral económico requerido para su configuración.

Al respecto, propuso a las entidades revisar umbrales operativos y requerimientos documentales. “Cuando el origen y la aplicación de fondos resulten consistentes con la actividad declarada y el perfil económico del cliente, y el monto involucrado sea inferior al umbral establecido para la configuración del delito de evasión tributaria, podrá resultar innecesario requerir documentación adicional cuando, conforme al análisis integral de riesgo efectuado por el sujeto obligado, no se identifiquen inconsistencias relevantes en línea con un EBR (Enfoque Basado en Riesgos) razonable”, expresaron.

Las intenciones del Gobierno argentino de garantizar el libre uso de los dólares sin ofrecer mayores explicaciones chocaron en diciembre con las normas antilavado que los bancos aseguran que deben cumplir. En respuesta a ello, Luis Caputo instó a los argentinos a que depositen sus dólares en el Banco Nación, asegurando que allí no encontrarían inconvenientes en disponer libremente de su dinero.

A ojos del Gobierno, la Ley de Inocencia Fiscal representa un cambio de paradigma en la Argentina y deja atrás un régimen persecutorio, en el que décadas de cepo cambiario, alta inflación, volatilidad cambiaria y un sistema tributario asfixiante empujaron a millones de argentinos a la informalidad y la evasión. “En ese esquema todos eran considerados evasores”, señaló la semana pasada la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de un comunicado en el que informó la reglamentación de la norma.

Así, el Gobierno considera que la Ley de Inocencia Fiscal “le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”.