¿Por qué Petro declararía emergencia económica y qué facultades le daría?

El presidente Gustavo Petro dijo que se debe discutir si se declara emergencia económica por la crisis climática, ¿qué tan probable es y qué podría hacer?

¿Por qué Petro declararía emergencia económica y qué facultades le daría?
09 de septiembre, 2022 | 10:35 AM

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Bogotá — El presidente Gustavo Petro dijo recientemente que “el país debe discutir con prontitud si se entra en una emergencia económica, para enfrentar y mitigar los riesgos, por causa de la crisis climática y el incremento de las lluvias durante los próximos tres meses”.

Como contexto, no hay que olvidar que la última vez que Colombia declaró emergencia económica y social por razones del inverno fue en 2010 cuando estaba el presidente Juan Manuel Santos.

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¿Qué es una emergencia económica y qué facultades le daría a Petro?

Según el artículo 215 de la Constitución Política, el presidente, con la firma de todos sus ministros, puede declarar un estado de emergencia (que puede ser económica y social, orden público o conmoción interior y conmoción exterior o guerra) 3 veces en el año, sin embargo, la suma de estos no puede exceder de 90 días, explicó Rodrigo Galarza, abogado en derecho económico.

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Además, según la norma, entre las facultades que le daría la declaratoria de emergencia económica, el presidente es que podrá sacar decretos con fuerza de ley, sin pasar por el Congreso, pero estos “deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el estado de emergencia, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes”.

En caso de que se creen nuevos impuestos durante la emergencia o se modifiquen los existentes, “las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”, dice la Constitución en el artículo 215.

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Un ejemplo de lo anterior es la creación del famoso impuesto 1×1000, que evolucionó al hoy conocido 4x1000. Este surgió mediante el decreto 2331 de 1998, expedido al amparo de la emergencia económica invocada por el Gobierno, para enfrentar la crisis financiera doméstica de esa época.

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Los casos más recientes de emergencia económica en Colombia fueron las declaradas para entender la crisis derivada por el coronavirus en 2020. A través de esta el gobierno de Iván Duque sacó decretos que permitieron incluso la creación del programa social Ingreso Solidario para atender a familias vulnerables que no eran atendidas por otros programas del Estado.

Manuel Quinche, profesor de derecho constitucional del Rosario, también explicó que la declaratoria de emergencia “se hace por medio de un decreto legislativo y ese decreto supone tres cosas: 1) que haya la perturbación o amenza de unos derechos causados en cuestiones de orden económico, social, ecológico o un desastre; 2) esos hechos deben revestir gravedad e inminencia y 3) esos hechos no pueden ser superados o atendidos mediante medidas legislativas o administrativos usuales”.

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Pese a las facultades extraordinarias que tendría el presidente con la declaratoria, en Colombia “existe una ley que regula los estados de excepción, regula el ámbito de la declaratoria y los extremos de las medidas que pueden tomarse”, explicó Rodrigo Galarza.

El abogado también dijo que “en cuanto a la declaratoria se dispone que debe obedecer a circunstancias sobrevinientes y extraordinarios. La Corte, en el examen de las declaratorias -que es automático- ha sido bastante exigente. Varias declaratorias (entre ellas al ministro Ocampo con Samper y a Uribe) han sido tumbadas por esa causa”.

Galarza añadió que “la Corte examina la declaratoria de fondo las causas invocadas para establecer si: a) corresponden o no con la realidad, b) tienen nexo de causa-efecto, c) si la magnitud es o no la argumentada, y d) obedecen a hechos existentes o sobre vinientes”.

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Los beneficios y riesgos de la declaratoria de emergencia económica

Dadas las facultades que se le dan el presidente para sacar decretos con fuerza de ley, sin pasar por el Congreso, la declaratoria de emergencia económica aunque tiene sus beneficios también tendría sus riesgos.

En palabras del abogado Galarza, “en cuanto a los ‘beneficios’ se tiene la capacidad del Gobierno para actuar con urgencia y prontitud para movilizar recursos (nuevos, impuestos, o existentes, traslados) y aplicarlos a superar el estado de emergencia. Y respecto a los ‘riesgos’, siempre son todos cuando el presidente es proclive al autoritarismo”.

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“Los riesgos son los propios de cualquier tipo de legislación, puede haber abusos, pero depente del tipo de presidente, de administración y de objetivos que puedan presentarse, cualquier norma puede presentar abusos, las que sean de emergencia y las que no”, dijo Manuel Quinche, profesor de derecho constitucional del Rosario al agregar que entre los beneficios de la declaratoria está que el país puede atender rápidamente una crisis de grande magnitud.

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De otro lado, para Galarza la causa de la declaratoria de emergencia que haría Petro es dudosa, lo cual podría ponerla en riesgo de que a la final la Corte Constitucional la tumbe.

En sus palabras, “el presidente ha aludido que la causa probable de la eventual declaratoria es el agravamiento de la ola invernal en cuanto acentúa el ‘estado de hambre’. Esa causa es dudosa. Más aún, en campaña, anunció que su primer acto era declarar la emergencia económica ‘porque la gente estaba pasando hambre, y el hambre era una emergencia’”.

Si bien la ola invernal es fuerte, no es distinta o muy distinta a la de años anteriores. Más aún, no alcanza la magnitud de una que tuvo Santos. Y respecto al hambre, dudo que esa sea un causa legítima cuando el empleo y la economía han enseñado su resilencia”, agregó Galarza.