“Contrato con mina muestra que en Panamá no existe un verdadero Estado de derecho”

Transparencia Internacional se refiere al texto del contrato que el Gobierno y First Quantum Minerals pusieron a consulta pública no vinculante sobre el futuro de la mina de cobre de Panamá

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Ciudad de Panamá — Mientras que el Estado panameño y First Quantum Minerals LTD. lograron un nuevo contrato minero para continuar con la extracción de cobre, economistas, ecologistas y Transparencia Internacional (TI) no ven con buenos ojos lo pactado con la multinacional, entre otros elementos, porque el proceso de consulta pública desconoce el acuerdo de Escazú y habría violado principios de contratación pública.

Cabe recordar, en tanto, que el Gobierno panameño dio a conocer públicamente el pasado 24 de marzo el proyecto de contrato de 69 páginas para que la ciudadanía envíe sus reparos hasta el 22 de abril.

“(La consulta pública para el contrato) No sigue los lineamientos del Acuerdo de Escazú que establece la obligación de informar a los ciudadanos no solo al final del proceso, sino a lo largo del mismo. Panamá ratificó el tratado de Ezcazú en 2020 y se ha comprometido en todos los foros internacionales a cumplir con sus lineamientos. En este caso tan importante y con tanto impacto ambiental no lo ha hecho. Lo sucedido revela que no existe un verdadero estado de derecho en Panamá”, dice Lina Vega, presidenta de TI, capítulo de Panamá.

¿La razón? Vega coincide con otros expertos consultados por Bloomberg Línea que el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró inconstitucional el contrato Ley 9 de 1997 que ampara la operación minera determinó que se “desconoció los principios básicos de contratación pública”.

A su vez, que la Ley 9 desconoce el alto impacto de la minería a cielo abierto y se viola el derecho a un ambiente sano, empero, “la administración del presidente Laurentino Cortizo negoció el contrato que ampara la extracción de cobre en las montañas caribeñas de la provincia de Colón, sin abordar este punto señalado por la CSJ”, precisa el Centro de Incidencia Ambiental.

¿Qué dice el texto?

El documento plasma, entre otros puntos, el incremento de regalías del 2% de la producción bruta negociable a una tasa de regalía sobre la ganancia bruta de entre 12% y 16% por la producción de cobre y asegura un ingreso mínimo al Estado de US $375 millones.

Le da la potestad a First Quantum de avalar a otras empresas para explorar otros minerales y solicitarlos posteriormente al Estado para su extracción en la zona concesionada.

También le permite adquirir y usufructuar tierras estatales dentro y fuera de la concesión sin necesidad de concurso o licitación pública y se estableció que la concesión es por 12.955 hectáreas con una zona de servidumbre de hasta 17.780 hectáreas, lo que incluye la instalación de la tina de relaves mineros, que en una pasada entrevista el ministro de Ambiente, Milciades Concepción, confirmó que las habían tenido que reconocer, a pesar de estar fuera de la concesión, porque la minera lo deforestó.

En tanto, en el contrato el Estado detalla de manera explícita cómo utilizará los dineros producto de la extracción minera y se desglosa que serán transferidos a un fideicomiso “La Conquista del Atlántico” y en el que se precisa que, por ejemplo, el 50% de estos fondos se utilizarán en el programa de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja de Seguro Social.

“Le dicen a la minera cómo se va a utilizar el dinero, exactamente cada cosa, si en un momento se decide cambiar de opinión ¿Hay que pedirle permiso a la minera, porque el contrato dice cómo se va a gastar el dinero?”, se preguntó el economista Felipe Argote.

A su juicio, “esa mentalidad de colonia es muy grave, es mucho más grave de lo que se ha visto y eso no ocurrió ni siquiera para los tiempos de transición del Canal de Panamá [a manos de Estados Unidos]”. Advirtió que no es recomendable que ninguna empresa represente más del 5% del PIB, porque entonces estas compañías deciden quien gobierna.

“Decidieron negociar un contrato de algo que es inconstitucional, cuando la ley te dice que tú tienes que llevar la licitación”, afirmó Argote.

El capítulo ambiental

Tal y como lo explicó el ministro de Ambiente en una pasada entrevista con Bloomberg Línea, en la negociación no se abordó la compensación por las tierras para la tina de relave que se tomó la empresa fuera de la concesión.

Lo más relevante del manejo ambiental es el establecimiento de una oficina para fiscalización y que se aplicaría un monitoreo en línea de la calidad del agua porque el plan de reforestación y manejo operativo ya se consideraban desde el inicio del proyecto.

“Las ventajas publicitadas ampliamente por el gobierno en todos los medios durante más de un año sólo son publicidad vacía. Todas esas supuestas ventajas y adecuaciones en cuanto al manejo ambiental se circunscriben al Estudio de Impacto Ambiental”, expuso Isaías Ramos, biólogo del Centro de Incidencia Ambiental.

El análisis se centra a la explicación financiera del dinero que desea cobrar el gobierno y no se considera ni una sola vez la fragilidad ecológica de la zona, que es parte del Corredor Biológico Mesoamericano.

‘No cumple Escazú'

Mientras que el proceso de consulta avanza en conteo regresivo, en el portal https://agora.gob.pa/ no se puede apreciar la cantidad de comentarios y menos la participación ciudadana, el comentario se envía directamente al gobierno a través de un formulario.

El país centroamericano ratificó el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, mejor conocido como Acuerdo de Escazú, “y se ha comprometido en todos los foros internacionales a cumplir con sus lineamientos. En este caso tan importante y con tanto impacto ambiental no lo ha hecho”, resaltó Vega.

Lo sucedido revela “que no existe un verdadero Estado de derecho en Panamá ,porque la Corte anuló la concesión previa, pues no se cumplieron con los parámetros de licitación pública y tampoco se cumplieron ahora. Es asombrosa la falta de respeto a la legalidad que han evidenciado con este tema”, concluyó Vega.

Mientras que para el abogado Carlos Barsallo, expresidente de TI, el hecho de que la consulta no sea vinculante le resta eficacia, ya que el receptor de los comentarios no está obligado a acatarlos.

En tanto, la presidenta de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, Marcela Galindo de Obarrio, indicó que el gremio conformará un equipo para el análisis del documento.

Bloomberg Línea le consultó al ministerio de Comercio e Industrias, la razón por la cual el proceso de consulta no es público y no se transparentan las inquietudes en la plataforma Agora conforme van avanzando, por qué no se gestionó un proceso de licitación y su versión al cuestionamiento de que en Panamá no existe un Estado de derecho por no acatar el fallo de la CSJ, pero, por ahora, no hubo respuesta.

* La nota se ajustó a las 3:50 pm del 28 de marzo para precisar la cita de Transparencia Internacional Capítulo de Panamá e indicar que la consulta pública para este contrato no se sigue los lineamientos del Acuerdo de Escazú. Se había colocado que “el contrato” era el que no se ajustaba al tratado internacional.