Buenos Aires — El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó la cuenta sueldo en dólares estadounidenses. Mediante la Comunicación “A” 8460, fechada el 24 de julio de 2026, el BCRA incorporó al dólar como moneda admitida para la captación de depósitos en la cuenta sueldo, según lo dispuesto en la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
Entre otras disposiciones, dicha Ley habilitó el pago de haberes en esa moneda. Las cuentas sueldo son abiertas únicamente para trabajadores quienes ingresan a una empresa en relación de dependencia.
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La medida abarca también a las eventuales cuentas sueldo en dólares que se utilicen para el pago de remuneraciones de trabajadores no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo.
¿Conviene cobrar en dólares en Argentina?
El dólar oficial minorista ha subido por 227% desde el 11 de diciembre de 2023, cuando asumió Javier Milei la Presidencia de Argentina.
En el mismo lapso, la inflación acumuló 320%, dejando en ventaja a quienes cobraron su salario en pesos, siempre y cuando hayan tenido ajustes en línea con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
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Cómo funcionará la cuenta sueldo en dólares
La cuenta sueldo en dólares estadounidenses tendrá los mismos servicios y movimientos sin costo previstos para la cuenta sueldo en pesos. Esto incluye la apertura, el mantenimiento, las transferencias y las extracciones, sin cargo hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral.
La gratuidad, según establece la comunicación, alcanza hasta el monto de las acreditaciones salariales, acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo.
En otras palabras, un trabajador que reciba su sueldo en dólares y no retire el total, en un mes determinado, podrá acumular ese saldo y extraerlo más adelante sin que la entidad financiera le cobre por el mantenimiento de esos fondos.
El banco central argentino estableció que la gratuidad se mantiene mientras los montos acumulados correspondan a acreditaciones de la relación laboral.
Dónde se podrá operar en efectivo
La operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas sueldo en dólares se deberá realizar obligatoriamente en la sucursal de radicación de la cuenta.
En las demás sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, podrá realizarse en la medida que las entidades financieras cuenten con la disponibilidad operativa de numerario, según aclara la comunicación.
Esta distinción responde a las particularidades logísticas del manejo de efectivo en moneda extranjera. Mientras que los depósitos y extracciones en pesos están garantizados en cualquier sucursal y cajero, la operatoria en dólares billetes dependerá de la infraestructura de cada entidad fuera de la sucursal principal de la cuenta.
Qué dice la Ley de Modernización Laboral
La cuenta sueldo en dólares es una de las herramientas que instrumenta la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que habilitó el pago de remuneraciones en moneda extranjera.
La comunicación del BCRA adecúa el texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales para que las entidades financieras puedan ofrecer este nuevo producto dentro del marco regulatorio vigente.
El organismo informó que posteriormente hará llegar a las entidades financieras las hojas actualizadas que correspondan incorporar al texto ordenado de referencia.
¿Qué implica para empleados y empresas?
Para los trabajadores, la norma garantiza que la cuenta donde reciban su sueldo en dólares operará sin costos de mantenimiento, con las mismas condiciones que la cuenta sueldo tradicional.
Para las empresas, la regulación despeja el marco normativo bancario necesario para depositar haberes en moneda extranjera, tal como lo habilitó la Ley de Modernización Laboral.
Las entidades financieras, por su parte, quedan obligadas a ofrecer el servicio en la sucursal de radicación de la cuenta y a garantizar la gratuidad de la operatoria hasta el monto de las acreditaciones salariales.