La segunda vuelta presidencial en el Perú se celebrará el domingo 7 de junio de 2026. Ese día, los ciudadanos deberán elegir entre la derechista Keiko Fujimori y el izquierdista Roberto Sánchez para definir quién ocupará la Presidencia hasta el año 2031.
En ese contexto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) puso nuevamente a disposición el sistema de consulta para conocer el local de votación asignado. De esta forma, cada ciudadano puede conocer el lugar exacto al que tiene que asistir para poder participar de los comicios y elegir a su candidato.
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¿Cómo consultar el local de votación?
La ONPE permite realizar la consulta de manera online mediante el número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
Para acceder a la información, los ciudadanos deben ingresar a https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio o bien hacer clic aquí y completar los datos requeridos por el sistema.
En esa misma plataforma también se puede verificar si una persona fue designada como miembro de mesa para la segunda vuelta electoral.
Qué pasó en la primera vuelta
Keiko Fujimori obtuvo el primer lugar en las elecciones generales con el 17,19% de los votos válidos, mientras que Roberto Sánchez quedó segundo con el 12,04%.
La diferencia con Rafael López Aliaga, que alcanzó el 11,9%, fue reducida y el resultado terminó de definirse luego del escrutinio oficial.
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Quien gane el balotaje asumirá la presidencia el 28 de julio de 2026 y tendrá mandato hasta el 28 de julio de 2031. El desafío del próximo presidente es lograr concluir el período para el cual fue electo, algo que no sucede desde 2016.
Cuánto cobrarán los miembros de mesa
Cada mesa de sufragio estará integrada por tres miembros titulares y seis suplentes durante las Elecciones Generales 2026.
Según explicó la ONPE, la ampliación en el número de suplentes busca evitar retrasos en la instalación de mesas y garantizar el inicio de la votación desde las 7:00 AM.
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Los ciudadanos que cumplan funciones como miembros de mesa recibirán una compensación económica de 165 soles, equivalente al 3% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).