EE.UU. exigirá depósito de hasta US$15.000 a nicaragüenses para visas de turismo y negocios

A partir de abril, los ciudadanos nicaragüenses deberán depositar la fianza antes de recibir visados B1 o B2 para negocios y turismo en EE.UU.

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Bloomberg Línea — Nicaragua ha sido incluida en una lista ampliada de países cuyos ciudadanos estarán obligados a pagar una fianza de hasta US$15.000 para obtener una visa de Estados Unidos, una medida que entrará en vigor el próximo 2 de abril.

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La decisión, anunciada este miércoles por el Departamento de Estado, suma al país centroamericano a otros 11 Estados, entre ellos Camboya, Etiopía y Túnez, que se añaden a los 38 ya sujetos a este requisito, elevando el total a 50 naciones.

El programa obliga a los solicitantes de visas B1 (negocios) y B2 (turismo) a depositar una garantía económica que oscila entre los US$5.000 y los US$15.000, cuyo cantidad se determina en el momento de la entrevista de visado.

El Gobierno calcula que esta política ahorra hasta US$800 millones anuales a los contribuyentes, tomando en cuenta que el costo promedio de deportar a una persona supera los US$18.000.

Con esta inclusión, Nicaragua es el tercer país latinoamericano bajo esta regulación de la Administración de Donald Trump, uniéndose a Venezuela y Cuba, que ya formaban parte de la lista desde fases anteriores del programa.

A inicios de año, Estados Unidos paralizó el trámite de visas de inmigración para Nicaragua y otras 74 naciones, alegando una revisión en curso de los protocolos de seguridad y verificación.

¿Cómo funciona el depósito?

La medida aplica independientemente del lugar donde el ciudadano tramite su solicitud, y establece un protocolo estricto para la entrada y salida a Estados Unidos.

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El oficial consular determinará si el solicitante debe depositar una fianza de US$5.000, US$10.000 o US$15.000. El pago debe realizarse exclusivamente a través de la plataforma oficial del Tesoro de EE.UU. (Pay.gov) tras la indicación del consulado, advirtiendo que el uso de terceros o sitios no oficiales no garantiza la devolución del dinero.

Como condición clave, los titulares de visa con fianza deben entrar y salir de Estados Unidos únicamente por aeropuertos comerciales.

Queda estrictamente prohibido el uso de vuelos chárter, aviación general, cruces terrestres o puertos marítimos. El incumplimiento de esta regla puede derivar en la denegación de entrada o una salida que no esté correctamente registrada.

El Gobierno de EE.UU. ha establecido que el dinero será devuelto automáticamente en tres escenarios específicos detallados en el Formulario I-352 de Inmigración: si el viajero regresa a su país dentro del plazo autorizado, si finalmente no viaja antes de que expire la visa, o si solicita ingresar y es denegado en el puerto de entrada.

Sin embargo, las autoridades alertan sobre las causas de “incumplimiento” que resultan en la pérdida total de los fondos:

  1. Si el Departamento de Seguridad Nacional registra la salida del país después de la fecha autorizada.
  2. Si el viajero permanece en EE.UU. más tiempo del permitido.
  3. Si solicita un ajuste de estatus migratorio, incluyendo solicitudes de asilo.