Ciudad de México — El Gobierno de México publicó este martes 9 de junio un decreto para exhortar al sector privado y social en la Ciudad de México para que todas las actividades administrativas no esenciales implementen el home office en sus centros de trabajo, el día de la inauguración del Mundial el 11 de junio de 2026.
El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum exhorta a las empresas y organizaciones sociales, únicamente de Ciudad de México, a implementar esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral respecto de las personas trabajadoras.
El exhorto busca contribuir a la movilidad urbana y la seguridad vial en la capital y se publica en medio de las protestas de diversas organizaciones que amagan con boicotear la inauguración del Mundial de la FIFA que será en el Estadio Ciudad de México, conocido como Estadio Azteca.
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La solicitud de implementar esquemas de teletrabajo se publica en términos de los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo.
El Artículo 330-A define el teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, utilizando tecnologías de la información, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora.
Mientras que el Artículo 330-G establece que el cambio en la modalidad de presencial a teletrabajo deberá ser voluntario y establecido por escrito, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada. En todo caso, cuando se dé un cambio a la modalidad de teletrabajo las partes tendrán el derecho de reversibilidad a la modalidad presencial.
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¿El jueves 11 de junio de 2026 será día de descanso por la inauguración del Mundial?
El despacho Ferran Martínez Abogados señaló en una nota de análisis que la medida dirigida al sector privado (empresas) constituye únicamente un exhorto o invitación por parte de la autoridad.
Es decir, el exhorto vía decreto no genera una obligación legal para los empleadores de implementar esquemas de teletrabajo o home office, conceder permisos especiales u otorgar un día descanso a sus trabajadores.
Asimismo, el decreto no modifica las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo ni convierte el 11 de junio de 2026 en un día de descanso obligatorio.
En consecuencia, el despacho señala que corresponderá a cada empresa determinar, con base en sus necesidades operativas y de negocio, si resulta conveniente adoptar esquemas de trabajo remoto, horarios flexibles u otras medidas de organización laboral para dicha fecha.
“Es muy importante destacar que no se está decretando como día de descanso obligatorio (el jueves 11 de junio) y que queda a discreción de las empresas el trabajar remoto o no”, dijo José Alberto Sánchez, socio del despacho, en un comentario que acompaña la nota de análisis.
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El abogado recomendó a las empresas comunicar la decisión que tomen con anticipación a sus trabajadores para evitar confusiones respecto de su naturaleza y alcance.
El decreto de Sheinbaum también trajo medidas para el sector público y educativo.
Para el sector público se determinó que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con sede en la Ciudad de México deberán implementar, en la medida de las necesidades del servicio, esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral para las personas servidoras públicas.
En el caso del sector educativo, el decreto ordena suspender las clases el 11 de junio de 2026 en escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás instituciones para la formación de docentes de educación básica, así como en instituciones de educación media superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública con sede en la Ciudad de México, tanto públicas como privadas.