Si falto a trabajar el jueves 11 de junio y hago home office, ¿me pueden descontar mi salario?

La presidenta Sheinbaum publicó un decreto para exhortar a empresas a implementar el teletrabajo el día de la inauguración del Mundial en Ciudad de México.

Soccer fans react while watching a monitor broadcasting the Group F opening match of the FIFA World Cup between Mexico and Germany at a viewing party in the Zocalo in Mexico City, Mexico, on Sunday, June 17, 2018. Mexico's Hirving Lozano goal gave his team a 1-0 stunning victor over World Cup defending champions Germany. Photographer: Alejandro Cegarra/Bloomberg

Ciudad de México — El Gobierno de México publicó un decreto para exhortar al sector privado y social en la Ciudad de México para que todas las actividades administrativas no esenciales implementen el home office en sus centros de trabajo el día de la inauguración del Mundial el 11 de junio de 2026.

El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum exhorta a las empresas y organizaciones sociales a implementar esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral respecto de las personas trabajadoras.

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El abogado laboralista y asesor sindical, Alejandro Avilés, explicó que el decreto presidencial está dirigido al sector público, aunque en ese sector no hay un mecanismo legalmente establecido para teletrabajo.

En el caso de las empresas, el decreto lo que hace es exhortar o hacer un llamado al sector privado para que en las actividades de carácter administrativo se puedan dar facilidades para implementar el teletrabajo, conocido como home office, únicamente el 11 de junio de 2026 en el marco de la ceremonia inaugural de la Copa de la FIFA.

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Avilés dijo que el decreto aplica para un día y se trata de un caso excepcional, por lo que en caso de que los patrones implementen el home office, no podrá considerase teletrabajo en virtud de que la Ley Federal del Trabajo establece que ese esquema debe reunir ciertos requisitos.

Es decir, el decreto no modifica las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo ni convierte el 11 de junio de 2026 en un día de descanso obligatorio.

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En este sentido, a algunos trabajadores les ha surgido la duda sobre qué pasa si deciden faltar a trabajar el 11 de junio de 2026, a sabiendas que no será un día oficial de descanso obligatorio.

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“¿Si yo falto a mis labores, el patrón me puede descontar el salario? La respuesta es sí. Sin duda alguna te pueden descontar el salario”, señaló Avilés.

¿Y qué pasa si por cuestiones de movilidad los empleados llegan tarde a su trabajo? Avilés afirma que el patrón puede descontarles a los trabajadores de su salario el tiempo que hayan llegado tarde.

El abogado indicó que el patrón puede descontar el salario de ese día si los trabajadores faltan o si llegan tarde porque el decreto no es vinculante al sector privado y, además, se trata solamente de un exhorto y no es obligatorio dar home office.

“Esto es únicamente un exhorto, si el empleador decide que todo mundo vaya a trabajar como de costumbre no debería tener ninguna implicación para los empleadores, pero sí la tendrá para el trabajador si decide faltar o si llega tarde al trabajo”.

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El bufete Yllanes Ramos dijo en una nota de análisis que el 11 de junio se trabaja como cualquier día.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece la lista de días de descanso obligatorio en México. Trabajar en un día de descanso obligatorio cuesta el triple del salario diario para el trabajador, sin embargo, ni la inauguración ni ningún día del Mundial están en la lista de días de descanso obligatorio.

Es decir, el jueves 11 de junio de 2026 será una jornada ordinaria y se pagará como tal con el salario normal.

La firma Yllanes Ramos señaló que, si las empresas deciden dar el día, deberán documentarlo y llegar a acuerdos con los trabajadores.

Añadió que el patrón puede otorgar el día voluntariamente, pero debe constar por escrito bajo una de estas modalidades: vacaciones anticipadas, tiempo por tiempo y permiso con o sin goce de sueldo, siempre con acuerdo de los trabajadores y/o sindicato.

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