Nueva declaración de IVA en 2024 México: Las novedades que debe saber

El SAT informó que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para las personas morales que tributan en el Régimen General

Oficinas centrales del SAT en Ciudad de México.
16 de febrero, 2024 | 02:01 PM

Ciudad de México — El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una nueva herramienta para presentar los pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El SAT informó que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del IVA del ejercicio 2024.

VER +
¿Cómo sacar mi Cédula de Identificación Fiscal del SAT?

La nueva herramienta incluye las siguientes mejoras para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de esta obligación fiscal:

  • Se consolidan en una sola herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.
  • Rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.
  • Facilita el cumplimiento mediante la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.
VER +
SAT va por contribuyentes con Inteligencia Artificial y más fiscalización en 2024

Los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace mensualmente para informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este impuesto, y el plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PUBLICIDAD

Se recuerda que son sujetos del IVA aquellas personas morales que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios.

La declaración estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso emitidos por las personas morales en el periodo de pago.

Asimismo, se prellenará con la información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad y con información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.

PUBLICIDAD

Los requisitos son:

  1. Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.
  2. El envío de la declaración se realizará utilizando la e.firma.

El contribuyente obtendrá un acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.