¿Se trabaja el lunes 6 de febrero en México y cuánto se paga?

La Ley del Trabajo establece un día de descanso obligatorio con motivo del aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El 6 de febrero es día de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
04 de febrero, 2023 | 04:00 AM

Ciudad de México — Los mexicanos tienen su primer puente vacacional del año y con ello llega también el primer día festivo de descanso obligatorio para los trabajadores.

El primer fin de semana largo del año ocurre del viernes 3 al lunes 6 de febrero de 2023, debido al aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se conmemora el día 5 de febrero.

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Este año el 5 de febrero cae en domingo, por lo que el día festivo se recorre al lunes 6 de febrero, día que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) es de descanso obligatorio.

Si se trabaja el 6 de febrero es importante tener en cuenta cómo aplica la Ley para efecto del pago del salario.

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La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en el Artículo 74 que son días de descanso obligatorio:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución Mexicana)
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  • 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
  • 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre (Navidad)
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

Como se puede observar, el 6 de febrero es día de descanso obligatorio al ser el primer lunes de febrero.

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¿Cuánto se paga si trabajo el 6 de febrero?

Aunque el 6 de febrero es día de descanso obligatorio, muchos trabajadores y trabajadoras tendrán que laborar ese día al ser el primer puente vacacional de año, ya que muchas personas se ocupan en sectores como el de servicios, comercio y entretenimiento que suelen tener mayor actividad en fines de semana largos.

La Ley del Trabajo contempla los casos de trabajadores que, siendo día de descanso obligatorio, tienen que laborarlos.

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El Artículo 73 de la Ley establece que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso.

Sin embargo, si se quebranta esta disposición, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Es decir, el trabajador que realice actividades remuneradas en un día que es de descanso obligatorio por Ley, le corresponderá el salario diario normal más el doble, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

Por ejemplo: si un trabajador gana un salario diario de ordinario de MXN$300, al laborar el 6 de febrero su patrón o empresa deberá pagarle de forma adicional un monto doble, es decir, MXN$600, para hacer un total de MXN$900.

La Ley del Trabajo aplica a todos los trabajadores subordinados, sin importar que se labore en una empresa, en negocios, en plazas comerciales o pequeños comercios.

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