Corte Suprema de Justicia rechaza dos demandas contra el mega DNU de Javier Milei

La decisión del máximo tribunal no discute la constitucionalidad del decreto, sino cuestiones técnicas de las presentaciones del abogado Jorge Rizzo y el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela

Congreso
16 de abril, 2024 | 04:43 PM

Buenos Aires — La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes, con la firma de sus cuatro miembros, dos planteos recibidos en contra del mega DNU 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei a finales de diciembre del 2023. Uno de esos planteos fue presentado por el gobernador de la provincia de La Rioja, Ricardo Quintela, mientras que el otro por el abogado Jorge Rizzo, ex titular del Colegio Público de Abogados de la capital argentina.

Según el Máximo Tribunal, en ambos planteos no había “caso concreto, causa o controversia”. Es decir, rechazó los planteos por cuestiones técnicas y no opinó aún sobre la constitucionalidad del decreto. Salvo excepciones como el capítulo laboral o la ley de tierras, el mega DNU (que contiene más de 300 artículos) sigue en vigencia.

La vigencia de esta norma ha sido discutida por el Congreso también, donde ya fue rechazada por el Senado y que aguarda el tratamiento en la Cámara de Diputados. Si Diputados rechaza el decreto, se cae la Ley.

Foto: Erica Canepa/Bloombergdfd

Los planteos contra el mega DNU

El gobernador Quintela había presentado en diciembre del 2023 una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional al calificar de inconstitucional el mega decreto de Milei.

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La Corte Suprema, con las firmas de Horacio Rosatti (presidente), Juan Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideraron que “la demanda no ha definido ningún interés propio de la provincia (como persona jurídica diferenciada de sus vecinos) que se encuentre afectado de manera actual y concreta”.

“Corresponde señalar que no tienen entidad para revertir esta apreciación las alegaciones sobre una eventual modificación de las relaciones que mantiene la administración provincial con sus empleados”, dice el fallo.

El planteo de Rizzo, en tanto, también se refirió a la presunta inconstitucionalidad del decreto. La Corte determinó que el abogado no logró contrarrestar la conclusión principal del fallo impugnado, que establece que ni él de forma personal ni la asociación que lidera tienen un interés específico o significativo en la declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).