Bloomberg Línea — Colombia contará con 18 festivos en 2026, consolidándose como uno de los países latinoamericanos con más feriados de descanso obligatorio para los trabajadores.
Los festivos que caigan de jueves a viernes serán trasladados al lunes siguiente para que los colombianos disfruten de fines de semana largos, de acuerdo con lo consignado en la Ley Emiliani de 1983.
El festivo por el Día de Reyes, por ejemplo, que se celebra cada 6 de enero, será movido para el 12 de enero en 2026. La razón: si se mantiene la fecha inicial, caería un martes; con el cambio, se pospondrá para el lunes siguiente. Lo mismo sucederá con nueve fechas más.
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Como es usual, junio será el mes con más festivos, tres en total, mientras que febrero y septiembre no tendrán ninguno de estos días.
Entretanto, enero, abril, mayo, agosto, noviembre y diciembre tendrán dos festivos, mientras que marzo, junio y octubre solo uno.
La Semana Santa, que trae consigo los festivos del Jueves y Viernes Santos, será celebrada en abril, en sintonía con 2025, pero variando respecto a 2024, cuando se conmemoró en marzo.
A continuación, el calendario de festivos 2026 en Colombia:
- Enero 1: Año Nuevo.
- Enero 12: Reyes Magos.
- Marzo 23: Día de San José.
- Abril 2: Jueves Santo.
- Abril 3: Viernes Santo.
- Mayo 1: Día del Trabajo.
- Mayo 18: Ascensión de Jesús.
- Junio 8: Corpus Christi.
- Junio 15: Sagrado Corazón de Jesús.
- Junio 29: San Pedro y San Pablo.
- Julio 20: Día de la Independencia.
- Agosto 7: Batalla de Boyacá.
- Agosto 17: Asunción de la Virgen.
- Octubre 12: Día de la Raza.
- Noviembre 2: Todos los Santos.
- Noviembre 16: Independencia de Cartagena.
- Diciembre 8: Inmaculada Concepción.
- Diciembre 25: Navidad.
¿Cómo se pagan los festivos en Colombia?
Desde el 1 de julio de 2025, tras la más reciente reforma laboral aprobada en Colombia, quienes trabajen domingos y festivos empezaron a recibir una mejor compensación económica.
El recargo, que se pagaba al 75% sobre el salario ordinario, aumentará de forma escalonada hasta llegar al 100% en 2027, de la siguiente manera:
- Desde julio de 2025: el recargo pasa al 80%.
- Desde julio de 2026: sube al 90%.
- Desde julio de 2027: se fijará en el 100%.
En ese contexto, quienes trabajen festivos a partir de julio de 2026, deberán recibir un recargo del 90% sobre el salario ordinario.
Este beneficio aplica en proporción a las horas efectivamente laboradas en dichos días. Por ejemplo, si un empleado trabaja medio turno un domingo, el recargo se aplicará solo sobre esas horas específicas.
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