DIAN va por COP$1,28 billones en retenciones impagas: cómo evitar embargos, intereses y sanciones

La DIAN puede embargar cuentas bancarias, inmuebles, vehículos y otros bienes, sin necesidad de acudir a un juez.

Por

Bogotá — La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) intensificó su gestión de cobro sobre las retenciones en la fuente declaradas y no pagadas, una cartera que ronda los COP$1,28 billones.

El mensaje que envió la autoridad tributaria a empresas, entidades y personas naturales que actúan como agentes retenedores es que no consignar lo retenido tiene consecuencias patrimoniales y hasta penales.

¿Cómo funcionan las retenciones?

Cuando una empresa practica una retención en la fuente al pagar honorarios, servicios, compras o salarios, ese dinero no le pertenece. Es un recaudo anticipado de impuestos que el retenedor debe declarar y pagar al Estado dentro de los plazos del calendario tributario.

El retenedor responde directamente ante la DIAN por las sumas que debió recaudar y consignar.

Ver más: Cuándo le toca declarar renta en octubre de 2026: las fechas de la DIAN del 1 al 26 de octubre

Si la retención se declara pero no se paga, la declaración se considera ineficaz, lo que puede dejar al contribuyente como si nunca la hubiera presentado. A ello se suman:

-Intereses moratorios, que se causan día a día desde el vencimiento del plazo y se calculan con base en la tasa de usura vigente, por lo que la deuda crece con rapidez.

-Sanciones por extemporaneidad o inexactitud, cuando además hay presentación tardía o errores en la declaración.

-Cobro coactivo y medidas cautelares: la DIAN puede embargar cuentas bancarias, inmuebles, vehículos y otros bienes, sin necesidad de acudir a un juez.

-Responsabilidad penal: la omisión del agente retenedor es un delito en Colombia, con penas de prisión y multas. La ley prevé beneficios cuando se paga la obligación en los términos que establece la norma.

-Responsabilidad de socios y administradores, en ciertos casos, por las deudas de la sociedad.

¿Cómo evitar el embargo y reducir el costo?

1. Revise su situación: consulte su estado de cuenta en el portal de la DIAN y verifique si tiene declaraciones de retención con saldo pendiente o procesos de cobro abiertos.

2. Pague cuanto antes: cada día de mora suma intereses. Incluso un pago parcial reduce el capital sobre el cual se liquidan.

3. Solicite una facilidad de pago: el Estatuto Tributario permite acordar plazos con la DIAN, siempre que se ofrezcan garantías. Esta figura suele frenar o evitar medidas cautelares mientras se cumple el acuerdo.

Ver más: De la Espriella quiere reducir a cuatro los impuestos de la DIAN: cuáles desaparecerían en Colombia

4. Aproveche los beneficios de normalización o terminación por mutuo acuerdo, si el Gobierno los tiene vigentes. Revise si aplican a su caso, porque suelen exigir el pago del capital y ofrecen rebajas en sanciones e intereses.

5. Corrija a tiempo: si detecta errores en declaraciones anteriores, corríjalas voluntariamente. La sanción es menor que si la corrección la provoca una actuación de la DIAN.

6. Ordene su flujo de caja: el error más común es usar el dinero retenido como capital de trabajo. Lo más prudente es apartarlo en una cuenta separada desde el momento de la retención.

Si recibe una medida cautelar, no la ignore. Puede pagar la deuda, proponer una facilidad de pago, presentar excepciones dentro de los términos legales o demostrar que los bienes embargados son inembargables. Los plazos son cortos, por lo que conviene contar cuanto antes con un contador o abogado tributarista.