Impuesto a la renta Ecuador: Gobierno propone rebaja para 99,8% de contribuyentes

Según el presidente Guillermo Lasso, la reforma tributaria enviada con carácter de urgente a la Asamblea Nacional beneficiará a 340 mil familias, generándoles un ahorro de US$195 millones

Foto referencial de dólares.
11 de mayo, 2023 | 12:01 PM

Quito — El Gobierno presentó este jueves una reforma tributaria para disminuir el pago del impuesto a la renta a las personas naturales, lo que –según datos oficiales- beneficiará al 99,8% de los contribuyentes, es decir 340.000 familias ecuatorianas que ahorrarán en promedio US$558 en el pago de este tributo.

VER +
Ecuador concreta histórico canje de deuda de naturaleza por US$ 1.630 millones

“Son US$195 millones que se van a quedar en los hogares ecuatorianos para financiar los gastos de salud, educación, alimentación y recreación de la familia ecuatoriana. Por eso, esta ley es urgente, se trata de inyectar dinero en el menor tiempo posible a las familias y a su vez a la economía nacional”, dijo el presidente Guillermo Lasso durante la presentación de la ley.

El proyecto llegará a la Asamblea Nacional con el carácter de económico-urgente, con lo que el organismo tendrá 30 días para tratar el documento y aprobarlo o negarlo. El Ejecutivo espera que la norma entre en vigencia al término del debate en el parlamento para que los beneficios sean aplicables enseguida.

Qué propone la reforma

Lo más relevante de la propuesta es que los gastos deducibles serán progresivos, cuyo máximo será el equivalente a 20 canastas básicas o US$15.294. Además, en el nuevo esquema se incorporan los gastos de los contribuyentes en sus mascotas.

PUBLICIDAD

Con la propuesta, el máximo de gastos personales se definirá según el número de cargas familiares del contribuyente y otorgará una rebaja directa al impuesto causado equivalente de 18% del gasto declarado.

Se considera cargas familiares a las siguientes: hijos hasta 21 años, padres que dependan económicamente del contribuyente, parejas o cónyuges que no tengan actividad económica ni ingresos económicos, y los hijos, parejas o cónyuges con enfermedades catastróficas.

“No es lo mismo una persona con un nivel de ingreso que se ocupa de sí misma o de una persona más que otra persona que se tiene que ocupar de una familia mucho más grande, de tal forma que en esta propuesta estamos haciendo que estos gastos deducibles sean progresivos”, explicó el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones.

PUBLICIDAD

Asimismo, a todas aquellas personas que padecen enfermedades catastróficas, discapacidades o que tienen a su cargo una persona con esta condición, se les aplicará directamente el total de la deducibilidad de gastos y la rebaja máxima, independientemente del número de cargas familiares que tengan.

Para Briones, un tema importante es que la reforma “será aplicable a partir de la publicación en el Registro Oficial, con lo cual este nuevo esquema y esta deducción que se le hace al trabajador en relación de dependencia será reducido muy probablemente a partir de la publicación en este año”.

Otros cambios

También se incluyen beneficios a los emprendedores. Con respecto al RIMPE, se simplifica, se reduce el impuesto y se lo hace más progresivo para los negocios populares. Además, con el fin de formalizar a más contribuyentes se incluye al servicio de taxis dentro de este régimen, lo que les otorgará más facilidades para el cumplimiento tributario.

Además, los bienes y servicios prestados por negocios populares estarán gravados con tarifa 0% de IVA, que los libera de la declaración y pago de dicho impuesto. Asimismo, se amplía el plazo para las declaraciones del impuesto a la renta del RIMPE hasta junio de cada año y se excluyen de este régimen a los artesanos.

Impuesto a los pronósticos deportivos y espectáculos

Una novedad de la ley es la creación del Impuesto a la Renta Único (15%) a los operadores de pronósticos deportivos que funcionan a través de internet y otros medios. Además, se elimina la exoneración del IVA a los espectáculos públicos.

Los operadores de pronósticos deportivos pagarán el 15% de impuesto. La base imponible serán todos los ingresos que reciben menos los premios que otorgan a los jugadores. A los jugadores, en cambio, se les aplicará una retención también equivalente al 15% de lo que ganen.