Tabla de retenciones en la fuente 2024 en Ecuador

La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero

Fotógrafo: Kiyoshi Ota/Bloomberg
27 de febrero, 2024 | 03:23 PM

La retención en la fuente es un mecanismo de cobro anticipado del Impuesto a la Renta, a través del cual las autoridades tributarias del Ecuador obligan a retener una parte del impuesto a la renta causado por el contribuyente, con cargo a los ingresos que perciba por ventas de bienes y prestación de servicios, según corresponda.

Según la normativa ecuatoriana, toda persona jurídica o persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite en cuenta cualquier tipo de ingreso que constituya renta gravada para quien los reciba, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta. Así lo señala, incluso, en su página web el Servicio de Rentas Internas (SRI)

De esta forma, los agentes de retención están obligados a entregar el respectivo comprobante de retención, dentro del término no mayor de cinco días de recibido el comprobante de venta, a las personas a quienes deben efectuar la retención.

Igualmente, están obligados a proporcionar al SRI cualquier tipo de información vinculada con las transacciones por ellos efectuadas.

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La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero.

Porcentajes aplicables en 2024

Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000036 del 26 de diciembre de 2023, el Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió actualizar los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta para el ejercicio fiscal 2024 que estará vigente desde el 1 de enero para personas naturales y sucesiones indivisas, así como la tabla sobre herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio, a título gratuito, de bienes y derechos, conforme las siguientes tablas:

  • Impuesto a las personas naturales
.
  • Impuesto a las personas jurídicas
.

Marcha atrás con el beneficio a Rimpe

La Ley de Eficiencia Económica eliminó la disposición incorporada en junio del 2023 que establecía que no se efectuarían retenciones en la fuente a contribuyentes catalogados del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe), cuando los pagos se realicen a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito u otros medios electrónicos de pago.

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Según detalla un artículo del diario El Universo, con la reforma de la nueva ley, los contribuyentes considerados como Rimpe Emprendedores estarán sujetos a una retención en la fuente de IR del 1 %; mientras que los contribuyentes Rimpe Negocios Populares del 0 % (Resolución NAC-DGERCGC14-787), indistintamente de la forma de pago.

Por otro lado, en el nuevo proyecto de ley de emergencia económica presentado por el Gobierno de Daniel Noboa se propone la eliminación del 25% de la retención en la fuente a los artistas. Esto se debe a que, mediante la Ley de Turismo, se busca busca atraer grandes artistas con menores impuestos