Ecuador: ¿cómo se calcula y hasta cuándo se paga el sobresueldo de diciembre?

El decimotercer sueldo es el equivalente a la doceava parte de la remuneración anual del trabajador en relación de dependencia. Aquí le explicamos cómo se calcula.

Es un derecho para los trabajadores en relación de dependencia.
20 de diciembre, 2021 | 06:30 AM

QUITO — Las empresas y empleadores del país deberán pagar hasta este 24 de diciembre el decimotercer sueldo establecido en la ley ecuatoriana, que corresponde a un sobresueldo íntegro para el trabajador en relación de dependencia que ha laborado entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre de este año.

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El sobresueldo en la época navideña ayuda a las familias a afrontar los gastos decembrinos y es un derecho estipulado en el artículo 111 del Código de Trabajo que establece que “los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el 24 de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario”. Esta remuneración la reciben los trabajadores privados, funcionarios públicos, jubilados y pensionistas de la seguridad social.

El cálculo se realiza sumando todos los sueldos del último año y dividiendo ese monto para 12. Por ejemplo, si alguien gana el salario mínimo, que en Ecuador está estipulado en US$ 400, deberá sumar las mensualidades percibidas desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2021 (US$ 4.800) y dividirlas para 12, lo que arrojará la cantidad de US$ 400.

Pero si alguien trabajó menos de un año, igual recibirá el proporcional correspondiente. En el supuesto del estipendio mensual del US$ 400, si la persona laboró –por ejemplo- desde el 1 junio de este año, deberá multiplicar ese ingreso por seis meses (junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre) y dividir ese momento para 12, obteniendo un sobresueldo proporcional de US $ 200.

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“Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el 24 de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario”.

Artículo 111 Código del Trabajo.

En el caso de que el salario sea mayor, se deberá hacer el mismo cálculo, tomando en cuenta que se exceptúan del sobresueldo las utilidades, los viáticos o subsidios ocasionales y otros beneficios adicionales que entregue la empresa.

Para que el pago quede formalizado, el empleador debe registrarlo en el Ministerio de Trabajo y así evitar ser sancionado.

Este beneficio se entrega desde el año 1962, aunque en esa época se denominaba aguinaldo. Fue a partir del Gobierno de Rodrigo Borja (1988-1992) que cambió la denominación a bonificación navideña.

Además, desde 2015 los trabajadores tienen la posibilidad de elegir si reciben el decimotercero de forma mensualizada o acumulada, según sus intereses y necesidades.