Bloomberg Línea — De cara a las Elecciones Generales del 25 de junio, la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) prohíbe la venta y el consumo de licores, bebidas alcohólicas y bebidas fermentadas en lugares públicos.
El artículo 223 en su inciso ‘d’ establece que “el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos, desde las 12:00 horas del día anterior a las elecciones (sábado 24 de junio), hasta las 6:00 horas del día siguiente al evento electoral (lunes 26 de junio).

El artículo también señala que toda persona que infrinja la norma será sancionada con una multa y penas de prisión.
El Ministerio de Gobernación explicó “la sanción dependerá de las circunstancias de la captura y será una decisión del juzgado correspondiente”.

Los establecimientos comerciales que incumplan recibirán multas de 100.000 quetzales (US$ 12.765). Además, se iniciará un expediente para la cancelación de la patente y licencia o permiso otorgado.
En el caso de las personas individuales se les impondrá una multa de Q5.000 (US$ 638,26) y podrá ser detenido por la Policía Nacional Civil (PNC) para ser encarcelado por 15 a 30 días, según establece el Código Penal de Guatemala.
Para vigilar el cumplimiento de esta prohibición la PNC realizará operativos principalmente en centro nocturnos, áreas comerciales, parques y áreas públicas.
El 25 de junio, Guatemala elegirá al próximo presidente, también a los 160 diputados del Congreso de la República, 340 corporaciones municipales así como a los 22 diputados del Parlamento Centroamericano.










