¿Qué hacer si no le han pagado la prima de diciembre 2025?

La prima de servicios es un pago que llega de forma extraordinaria una vez al semestre para todos los empleados formales en Colombia.

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18 de diciembre, 2025 | 10:43 AM

Bloomberg Línea — La prima de servicios es una prestación social obligatoria en Colombia y su no pago dentro del plazo legal constituye un incumplimiento laboral. Si a diciembre de 2025 un trabajador no ha recibido este pago, la ley establece claramente cuáles son sus derechos y qué acciones puede emprender para exigirlo.

¿Qué es la prima de servicios y quiénes tienen derecho?

La prima de servicios está regulada por el Código Sustantivo del Trabajo, en sus artículos 306 a 308, y corresponde al reconocimiento de una parte de las utilidades del empleador al trabajador. Equivale a 15 días de salario por cada semestre trabajado, es decir, 30 días de salario al año.

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Tienen derecho a la prima todos los trabajadores vinculados mediante contrato laboral, ya sea a término fijo, indefinido o por obra o labor, incluyendo trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días. No aplica para contratistas por prestación de servicios, ya que no existe relación laboral.

¿Cuál es la fecha límite para pagar la prima de diciembre?

De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima debe pagarse en dos cuotas:

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  • Primera cuota: a más tardar el 30 de junio
  • Segunda cuota: a más tardar el 20 de diciembre

Si el empleador no realiza el pago de la prima de diciembre antes del 20 de diciembre de 2025, incurre en mora.

¿Qué dice la Constitución Política sobre el no pago de la prima?

La Constitución Política de Colombia protege el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas. En particular:

  • Artículo 25: reconoce el trabajo como un derecho fundamental.
  • Artículo 53: establece principios mínimos del derecho laboral, entre ellos la remuneración mínima vital y móvil, y la garantía de prestaciones sociales.

El no pago de la prima vulnera estos principios constitucionales, al tratarse de una prestación social obligatoria.

¿Qué puede hacer el trabajador si no le pagan la prima?

Si no ha recibido la prima de diciembre 2025, puede seguir estos pasos:

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1. Reclamo directo al empleador

El trabajador puede solicitar el pago por escrito, dejando constancia de la fecha y del monto adeudado. Esto sirve como prueba en caso de acciones posteriores.

2. Queja ante el Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo, conforme a sus funciones de inspección, vigilancia y control, puede recibir quejas por incumplimientos laborales. La entidad puede adelantar investigaciones administrativas y sancionar al empleador si se comprueba la infracción.

3. Demanda ante un juez laboral

El trabajador puede acudir a la jurisdicción laboral para reclamar el pago de la prima adeudada. La ley contempla, además, la indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, cuando el empleador no paga salarios o prestaciones sin una causa justificada.

¿Puede el empleador alegar problemas financieros?

La legislación laboral colombiana no contempla dificultades económicas como excusa válida para dejar de pagar la prima. La obligación existe independientemente de la situación financiera de la empresa.

¿En cuánto tiempo prescribe el derecho a reclamar la prima?

El derecho a reclamar la prima de servicios prescribe a los tres años, contados desde la fecha en que la obligación se hizo exigible, según el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo.

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