Perú inicia etapa de “extrema seguridad” en las cárceles para combatir criminalidad

Según información oficial, Perú registró 2.213 homicidios el año pasado, encima de los 2.083 de 2024 y los 1.511 de 2023.

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Cárceles en Perú
12 de febrero, 2026 | 04:15 PM

Bloomberg Línea — El Gobierno peruano ha iniciado una etapa de “extrema seguridad” en las cárceles del país para combatir la criminalidad, informó este jueves el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La medida ha sido oficializada por medio del Decreto Legislativo n.º 1737, que modifica el Código de Ejecución Penal.

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El Ministerio detalló que esta medida aplicará “automáticamente” para sentenciados y procesados por sicariato, secuestro, extorsión y criminalidad sistemática.

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Asimismo, se centra en los jefes, líderes o cabecillas de bandas u organizaciones criminales, así como aquellos que cometan dichos delitos estando en prisión.

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Perú viene implementado diferentes medidas de seguridad para combatir la ola de inseguridad en el país, hasta ahora sin muchos resultados.

Según información del Sistema Informático Nacional de Defunciones (Sinadef), Perú registró 2.213 homicidios el año pasado, encima de los 2.083 contabilizados en 2024 y los 1.511 de 2023.

En octubre, la Presidencia informó que el mandatario peruano, José Jerí, lideró el traslado de reos de alta peligrosidad al nuevo pabellón de extrema seguridad en el penal Ancón I, destinado para internos sentenciados por delitos como sicariato, extorsión, homicidio calificado y robo agravado.

Medidas de “extrema seguridad” en Perú

Con las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno, “los internos clasificados en esta etapa (extrema seguridad) serán recluidos en celdas unipersonales, contarán con solo una hora de patio y una visita mensual de un familiar”.

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Además, el Ministerio indicó que permanecerán, como mínimo, cuatro años en esta etapa.

En el caso de jefes, líderes o cabecillas de organizaciones o bandas criminales, se contemplan cinco años.

Los internos se mantendrán en esta etapa hasta que se evalúe su progresión a la Etapa A del Régimen Cerrado Especial.

El Gobierno ha indicado que también se incorpora el artículo 47-A al Código de Ejecución Penal para regular el control judicial sobre la aplicación del beneficio de redención de pena por trabajo o educación “cuando este habilite el egreso por cumplimiento de condena”.

Se exceptúa de dicho control judicial los delitos de menor lesividad, en la que la administración penitenciaria podrá seguir autorizando el egreso por cumplimiento de condena”, señala el comunicado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Otras medidas adoptadas por el Gobierno incluyen el Decreto Legislativo n.° 1736, que fortalece el enfoque de cárceles productivas.

Bajo este marco, la asignación a esta modalidad de trabajo se realizará previa evaluación del perfil sociolaboral y criminológico de cada persona.

Asimismo, permite que ciertos condenados trabajen fuera de prisión y regresen a dormir, si cumplen requisitos como “penas no mayores de seis años, cumplimiento de al menos la mitad de la condena, condición de primario y comisión de delitos de menor gravedad, entre otros”.

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