Ciudad de México — Si te toca trabajar en este último día de 2025 y en el primer día del Año Nuevo 2026, debes tener en cuenta que estos dos días se pagan de forma diferente conforme la ley laboral.
La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 74 los días que son de descanso obligatorio en México:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución Mexicana)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- 1 de octubre (Transmisión del Poder Ejecutivo cada seis años)
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)
- 25 de diciembre (Navidad)
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
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Como se observa, la Ley del Trabajo no considera el 31 de diciembre como día de descanso obligatorio, por lo que las personas deberán acudir a sus trabajos de forma normal este miércoles 31 de diciembre.
En algunas empresas o negocios los patrones aplicarán un horario reducido para que sus empleados puedan ir a festejar con su familia o amigos el fin de año.
En cambio, el 1 de enero sí es un día de descanso obligatorio establecido en la Ley, por lo que es oficial que este jueves 1 de enero no se trabaja y será de descanso obligatorio para los trabajadores.
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¿Cuánto se paga si trabajo el 31 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026?
Como ya se mencionó, el 31 de diciembre no es un día de descanso obligatorio, por lo que, al trabajarse de manera normal, el salario que se pagará será el ordinario y no tendrá variaciones.
Pero en el caso del 1 de enero es diferente. Aunque la Ley establece que el 1 de enero no se trabaja, hay miles de personas que sí laborarán porque se emplean en sectores de comercio, servicios y turismo que suelen operar en días festivos.
El Artículo 73 de la Ley del Trabajo establece que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso.
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Sin embargo, si se quebranta esta disposición, el Artículo 75 de la Ley del Trabajo establece que el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Es decir, el trabajador que realice actividades remuneradas en un día que es de descanso obligatorio por Ley, le corresponderá el salario del día más un pago doble, es decir, se convierte en un salario triple, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo.
Por ejemplo: si un trabajador gana un salario diario de MXN$400, al laborar el jueves 1 de enero de 2026, su patrón o empresa deberá pagarle de forma adicional un monto doble, es decir, MXN$800, por lo que en total ese trabajador debe de recibir un salario de MXN$1,200 por haber trabajado el día del Año Nuevo.













