Estos son los cambios que se agregarían al Presupuesto de Colombia en 2022

Este miércoles se debatirá el proyecto que pasaría de 92 artículos a un total de 124. Entre los cambios se permitiría el traslado exprés a Colpensiones.

Entre los cambios propuestos al proyecto del Presupuesto de 2022 se permitiría el traslado exprés a Colpensiones.
21 de septiembre, 2021 | 01:38 PM

Bogotá — El proyecto de ley del Presupuesto General de la Nación (PGN) para 2022 incluiría 33 nuevos artículos en la ponencia que se debatirá mañana en las comisiones económicas conjuntas del Congreso. En total, el proyecto quedaría con 124 artículos.

Hay que recordar que el pasado 14 de septiembre el Congreso aprobó el monto total del PGN para 2022, dejándolo tal cual como lo propuso el Ministerio de Hacienda, en $350,4 billones. Ello representaría un aumento de 5,3% si se tiene en cuenta que, según las últimas cifras del Ministerio, del PGN 2021 se han apropiado $332,8 billones.

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Aunque falta por definir cómo quedará finalmente la distribución sectorial del Presupuesto, en la reunión de ponentes del proyecto de Ley realizada este lunes, el Ministerio de Hacienda expuso que del proyecto de ley radicado que contiene 92 artículos, se propone eliminar 1 artículo, modificar otro, incluir 33 nuevas disposiciones generales (artículos) y 90 mantendrían su redacción inicial.

Entre los artículos nuevos, que tendrían visto bueno del Ministerio, llama la atención uno que permitiría que durante 2022 se puedan realizar traslados de afiliados de los fondos privados de pensión al Régimen de Prima Media (Colpensiones), “siempre que sean hombres mayores de 52 o mujeres mayores de 47 años, y que hayan cotizado como mínimo 750 semanas al Régimen de Prima Media”.

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Vale mencionar que actualmente en Colombia la edad de pensión es de 62 años para los hombres y de 57 para las mujeres, sin embargo, estos no pueden cambiar de régimen si están a 10 años de pensionarse. Es decir, en caso de quererlo hacer podrían cambiarse máximo hasta lo 52 años o 47 años, respectivamente. Con el artículo que se agregaría en el Presupuesto, de aprobarse, las reglas del juego cambiarían.

A finales del 2020 un proyecto de ley que buscaba eso mismo, fue negado en el Congreso. El Ministerio de Hacienda en días pasados emitió un concepto sobre una iniciativa legislativa que busca permitir el traslado exprés a Colpensiones. Sobre ello dijo que “a juicio de este Ministerio, la propuesta de traslado entre regímenes pensionales sin el cumplimiento de ningún requisito legislativo afecta la sostenibilidad financiera, no solamente del Régimen de Prima Media, sino de todo el Sistema General de Pensiones (SGP), poniendo en aprietos serios su sostenibilidad”. El costo fiscal de permitirse ese traslado sería del orden de los $35 billones, según Hacienda.

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Tras lo expuesto hasta ahora, vale entrar en mayor detalle de los artículos nuevos que se agregarían en el proyecto de ley que llega a debate en el Congreso mañana. A continuación se exponen los ajustes propuestos.

Estos son algunos de los nuevos artículos propuestos:

  • Se podrá ampliar la cobertura del plan piloto de subsidios al GLP en cilindros para comunidades indígenas y usuarios de estratos 1 y 2 para apoyar la sustitución del uso de leña para cocinar.
  • Se asignarán recursos adicionales al Minvivienda para atender los costos que no sean recuperables vía tarifa o subsidios, de la puesta en marcha, operación y mantenimiento del sistema de extracción, adecuación y tratamiento de residuos sólidos del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
  • Minminas podrá apoyar a los pequeños mineros en líneas de crédito con tasa compensada.
  • En las empresas de servicios públicos y sus subordinadas, en las que la Nación tenga participación igual o superior al 90%, podrán las juntas directivas, sin solicitar concepto previo de algún órgano o entidad gubernamental, aprobar y modificar su presupuesto, y definir las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras.
  • En 2022 el Fonpet deberá pagarle a Colpensiones los bonos cobrados y no pagados por las entidades territoriales “sin necesidad de autorización previa por parte de las mismas y siempre que hayan sido ingresados a través del aplicativo establecido para tal efecto”.
  • Se dará un subsidio de energía para distritos de riego administrados por el Estado o por las Asociaciones de Usuarios reconocidos por el Minagricultura que utilicen esquemas de obtención de agua tales como pozos profundos, por gravedad o aspersión, con la utilización de equipos electromecánicos para su operación.
  • Se destinará a la Aerocivil $100.000 millones en el presupuesto de inversión para que se adelanten estudios, diseños y obras necesarias para ampliar la pista del aeropuerto de Pereira. También se destinarán $50.000 millones para mejorar el aeropuerto de Cartago, Valle del Cauca.
  • A partir de la publicación de la ley, se busca suspender el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, un apartado de la Ley de Garantías, que establece la prohibición a los servidores públicos de celebrar convenios o contratos interadministrativos dentro de los 4 meses anteriores a las elecciones. De lograrse lo anterior, se permitirá a las entidades nacionales y territoriales celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.
  • Se extenderá la vigencia de la subcuenta para la mitigación de emergencias - Covid-19 creada en el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres. Iría hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Durante 2022 se autorizará a la Policía Nacional para subsidiar el valor de la matrícula de los cursos de incorporación de jóvenes de estratos 1, 2 y 3 a dicha institución.
  • Durante la presente vigencia fiscal, la Nación podrá pagar los gastos en salud, asociados a la pandemia, a través de recursos de crédito, incluyendo la emisión de bonos y otros títulos de deuda pública, en condiciones de mercado.
  • Se permitiría el traslado de recursos del fondo de solidaridad al fondo común de Colpensiones. “Colpensiones podrá trasladar de manera anticipada los recursos que se encuentren en el portafolio subsidiado de vejez al fondo del Régimen de Prima Media, de aquellos afiliados que cuenten con más de 750 semanas de cotización”.
  • Minagricultura será la entidad competente de culminar los subsidios de vivienda rural otorgados antes de la entrada en vigencia del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019, es decir, antes de que dichos subsidios pasaran a ser competencia del Minvivienda.

Hay que recordar que lo anterior son propuestas que deberán discutirse en el Congreso y aprobarse. Por último, vale mencionar que una vez se dé el debate en las comisiones económicas del Congreso este miércoles, la discusión debería pasar a las plenarias de la Cámara y Senado. Por ley, el Presupuesto debe quedar aprobado antes del 20 de octubre.