Gobierno de Guatemala decreta aumento a jubilados del Estado y recibe rechazos

Jubilados del Estado se reunieron en el Congreso de la República para protestar sobre la disposición dado que la consideran una “miseria”

El Comité por la Dignificación de los Jubilados del Estado y del Adulto Mayor protesta frente al Congreso de la República de Guatemala para exigir la aprobación de la iniciativa 5563, que aumentaría la pensión de los jubilados del Estado.
26 de octubre, 2022 | 04:56 PM

Guatemala — Durante una reunión del Gabinete de Gobierno se aprobó un aumento del 10% para los jubilados del Estado, informó el presidente Alejandro Giammattei a través de un mensaje dirigido a la nación este 26 de octubre.

VER +
El Coordinador Global Anticorrupción de EE.UU. visita Guatemala con objetivos claros

“Me es grato informarles que, gracias a la sana y estable macroeconomía del país, a la buena gestión en materia de recaudación tributaria y a las políticas de contención de gasto, hemos decidido y decretado un incremento del 10% al monto total de los beneficiarios del régimen de clases pasivas y civiles del Estado”, comentó el mandatario.

El objetivo es incrementar el aporte que recibe este sector, no menor de Q300 (US$38.31). El último aumento para los pensionados se llevó a cabo en 1999.

Giammattei argumentó que, el aumento a los pensionados se brinda como dignificación a quienes han servido a la nación por al menos 20 años.

PUBLICIDAD
VER +
Congreso hondureño firme en demandar a Guatemala por contaminación del río Motagua

Detalles del Acuerdo Gubernativo

Este 26 de octubre, el Ejecutivo publicó en el diario oficial el Acuerdo Gubernativo 267-2022, que detalla el aumento y las consideraciones para los jubilados guatemaltecos.

Asimismo, establece que el incremento entrará en vigencia el martes 1 de noviembre.

El acuerdo también señala que el Ministerio de Finanzas Públicas estará a cargo de la asignación presupuestaria para cumplir con la nueva medida.

PUBLICIDAD

En el nuevo acuerdo, el Ejecutivo menciona que la Oficina Nacional de Servicio Civil, al autorizar las pensiones bajo el del Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado deberá tomar en consideración el porcentaje al que se hace referencia en este.

El acuerdo también establece que los casos no previstos serán resueltos por la cartera de Finanzas o la Oficina Nacional de Servicio Civil.

El Comité por la Dignificación de los Jubilados del Estado del Adulto Mayor -CODIJEAMA protestó frente al Congreso de la República de Guatemala con el objetivo de dignificar al jubilado.dfd

“Es una miseria”

Durante la mañana de este 26 de octubre, integrantes del Comité por la Dignificación de los Jubilados del Estado del Adulto Mayor (Codijeama) llevaron a cabo una manifestación frente al Congreso de la República y rechazaron el aumento del 10% decretado por el gobierno para el pago de pensiones.

“Pedimos inmediatamente al señor presidente que se ponga la mano en la conciencia que él trate de vivir con un salario de Q100 (US$12.77) a ver si con eso él puede vivir y no menospreciar a nuestros compañeros jubilados”, señalaron a medios de comunicación locales.

Además, los jubilados consideran necesario una dignificación justa y “no esa miseria que fue anunciada hoy por el presidente en los medios de comunicación”, por lo tanto, rechazaron el aumento.

Según el Acuerdo Gubernativo, el incremento se aplicaría a todos los jubilados bajo el Régimen de Clases Pasivas del Estado y los incorporados al mismo.

“No estamos luchando solo por nuestro beneficio, estamos luchando para que los presentes y futuros jubilados tengan una jubilación digna”, enfatizó un dirigente de Codijeama.

PUBLICIDAD
VER +
Guatemala cumple con requisitos de transparencia fiscal ¿Cómo está la región?

Ley de Clases Pasivas del Estado

En 1988, el Congreso aprobó la Ley de Clases Pasivas del Estado, que rige las pensiones para trabajadores o familiares de trabajadores civiles del Estado.

El artículo 25 de dicha ley establece que las pensiones no pueden ser menores a Q774 (US$98.84) ni mayores a Q5.000 (US$638.52) mensuales.