¿Rappi y otras apps de domicilios deberían pagar impuesto al consumo en Colombia?

Aunque el gremio de restaurantes dice que sí, Rappi dice que no. ¿Sí o no? Exdirectores de la Dian respondieron a Bloomberg Línea

¿Rappi y otras apps de domicilios deberían pagar impuesto al consumo en Colombia?
10 de febrero, 2023 | 01:00 AM

Bogotá — Esta semana la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica (Acodres) denunció que Rappi estaría evadiendo impuestos, puntualmente, el impuesto al consumo. Sin embargo, la compañía asegura que no es sujeto activo de este tributo, lo cual ha suscitado un debate en el país.

¿Debería o no pagar Rappi este impuesto? Bloomberg Línea consultó a expertos en la materia para conocer si esta y otras aplicaciones de domicilios deberían cobrar o no el impuesto al consumo en Colombia y pagarlo a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

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Cabe recordar que el impuesto al consumo, como su nombre lo indica, es un tributo que se cobra al usuario final por el hecho de consumir determinados bienes y servicios, como por ejemplo, el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio.

Acodres expuso ante la Dian que por cada plato de $30.000 que vende Rappi, presuntamente el fisco está dejando de percibir $560, “endosándole a los establecimientos gastronómicos un cobro irregular de $1.840, cuando la plataforma tendría que recaudar y reportar los $2.400 de impoconsumo”.

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¿Rappi y otras apps de domicilios deberían pagar impuesto al consumo?

De acuerdo con Horacio Ayala, exdirector de la Dian, si Rappi se encarga solo del transporte de bienes como alimentos, no los compran ni revenden, no deberían cobrar el impuesto al consumo. En ese caso le corresponde al restaurante cobrar el impuesto y pagarlo a la Dian. Solo en caso de que Rappi sí compre y venda alimentos, ahí sí debería cobrar el impuesto al usuario final.

En línea con lo expuesto, otro exdirector de la Dian, que prefirió no ser citado, comentó que “el impoconsumo lo debe cobrar el restaurante (no Rappi) y lo pagará el consumidor, así lo compre a través de Rappi. Rappi lo que debe es cobrar el IVA por el valor de su servicio y obviamente renta por las utilidades obtenidas”.

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Fuentes del sector dijeron a este medio que no es lógico que a Rappi u otras plataformas de domicilios les toque cobrar y pagar el impuesto al consumo por su papel de intermediación entre el restaurante y el consumidor final. “Sería lo mismo que cobrarle a los datáfonos”, resaltaron.

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Sin embargo, según Acodres, Rappi sí debe cobrar y pagarle a la Dian el impuesto al consumo. “La denuncia se basa en el artículo 512-1 del Estatuto Tributario, que define al tributo como un impuesto causado por el hecho de compra de comidas y bebidas preparadas por parte del consumidor final, no antes ni después”, insistió.

No obstante, la app se defendió diciendo que no es sujeto activo del impuesto, pues no realiza actividades comerciales incluidas dentro de los hechos generadores de dicho tributo. La plataforma agregó que están atentos a conocer el detalle de la denuncia por parte de las autoridades para dar una respuesta en los términos establecidos en la ley.

Aunque Bloomberg Línea consultó directamente a la Dian para conocer su visión del asunto, la entidad no entregó respuestas puntuales a las preguntas hechas por este medio, pero dijo que se están surtiendo los trámites correspondientes con la dirección de fiscalización.

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