Elecciones municipales de Costa Rica: ¿cuándo son y dónde votar?

En estas elecciones se elegirán alcaldes y concejos municipales en los diversos cantones y distritos de Costa Rica

Elecciones Municipales de Costa Rica
25 de enero, 2024 | 02:29 PM

Bloomberg Línea — El domingo 4 de febrero las urnas de Costa Rica se abrirán a las 6:00 a. m. (hora local) para las elecciones municipales, en las que la ciudadanía elegirá a alcaldes y dos vicealcaldes; regidores; sindicaturas y concejalías; e intendencias para cada uno de los cantones.

Los costarricenses escogerán 6.212 cargos municipales que sirven en los 84 cantones del territorio nacional, informó el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

VER +
Salario mínimo Costa Rica 2024: aumento y a cómo se paga la hora

Son más de 10,7 millones de papeletas que el órgano electoral imprimió para entregar durante la jornada de ese día. De ese total, 3,5 millones corresponden a las alcaldías, igual cantidad para regidurías, 3,5 millones para sindicaturas y concejalías; y 39.751 para intendencias (estos cargos existen en 7 distritos administrativos del país, debido a su lejanía con la cabecera del cantón).

Para estas próximas elecciones municipales, podrán sufragar 3,5 millones electores, es decir, un 5,1% más de personas con respecto de los comicios municipales realizados en 2020. Los ciudadanos costarricenses residentes en el exterior no votan en estos comicios.

PUBLICIDAD

En este proceso electoral podrán asistir los costarricenses mayores de 18 años que se estén debidamente empadronadas en la respectiva junta receptora de votos (JRV). El ciudadano puede consultar su centro de votación, cantón y distrito consultando este enlace.

¿Cómo votar en las elecciones municipales?

La consultora Nativu elaboró la siguiente guía con preguntas frecuentes acerca del proceso:

  • Presentarse en su lugar de votación asignado. Una vez ahí debe buscar su nombre en la ‘lista de electores’ colocada fuera de la JRV. Allí encontrará el ‘número de elector’ que le corresponde.
  • Entregue su cédula y comunique su número de elector para que le ubiquen en el padrón. Le pedirán una firma en el Padrón de Registro que haga constar su asistencia a las votaciones.
  • Recuerde que si necesita apoyo o acompaña a otra persona que lo requiera, puede solicitar lupa, fichas pictográficas, plantillas de papeleta en braille.
  • Cuando le entreguen las papeletas, diríjase al recinto secreto para votar, marcando con una ‘X’ la casilla de su preferencia.
  • Doble las papeletas una por una y deposítelas en las urnas respectivas.

El TSE recordó que es obligación de todo patrono permitir que sus empleados cuenten con el tiempo necesario para votar dentro de su jornada laboral, sin que medie reducción de salario.

PUBLICIDAD

Los artículos 69 (inciso j) del Código de Trabajo y 292 del Código Electoral, establecen las sanciones correspondientes para los patronos que incumplan esta disposición.

Asimismo, ningún patrono podrá rebajar el pago de sus trabajadores que se ausenten para colaborar como integrantes en cualquier junta receptora de votos.