El 2 de noviembre es festivo en Colombia: cuánto vale trabajarlo con el recargo de 90% en 2026

La reforma laboral aumentó gradualmente el recargo por trabajar en festivos. Conozca cuánto deben pagarle si trabaja el 2 de noviembre de 2026 y qué establece la ley colombiana.

Desde el pasado 1 de julio, el recargo por trabajar domingos y festivos aumenta al 90%.

Bloomberg Línea — Con la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro (2022-2026) los trabajadores colombianos con turnos en domingo y festivo mejoraron sus ingresos.

El Gobierno colombiano ha explicado que ​el recargo dominical y festivo es una compensación monetaria “adicional al salario básico recibido por el trabajador, cuando debe trabajar un domingo o festivo considerado como su día de descanso”.

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“La reforma laboral cambió la forma de pagar el trabajo en domingos y festivos”, explica a Bloomberg Línea Vicente Umaña, socio del bufete de abogados Posse Herrera Ruiz.

Ver más: Reforma laboral: la obligación que tendrán las empresas a partir de 2026 en Colombia

Indica que antes el recargo era fijo y equivalía al 75% sobre el valor de la hora.

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¿Cuánto vale un festivo en Colombia en 2026?

Después de la reforma laboral del Gobierno Petro, el valor de la hora aumentará de manera gradual hasta 2027.

Desde el 1 de julio de 2025 el recargo pasó a ser del 80% sobre el salario ordinario por las horas trabajadas.

De forma progresiva, desde el 1 de julio de 2026 pasó al 90% y desde el 1 de julio de 2027 llegará al 100%.

“Por eso, quien trabaje el próximo 2 de noviembre, día festivo, tiene derecho a un recargo del 90%”, según el abogado Vicente Umaña.

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En Colombia, el lunes 2 de noviembre de 2026 es festivo por la celebración del Día de Todos los Santos.

Es decir que, por cada hora trabajada, le deben pagar al empleado el valor de la hora más el 90% del recargo.

El Ministerio de Trabajo señaló en su momento que si una hora ordinaria se paga a COP$10.000, en domingo o festivo se paga a COP$19.000, luego de la reforma.

La posibilidad de elegir entre recibir el recargo salarial o tomar un día de descanso compensatorio se mantiene para el trabajo en domingos.

Si el trabajador labora hasta dos domingos al mes (ocasional), puede elegir entre recibir el recargo correspondiente o disfrutar de un día de descanso compensatorio.

Si trabaja tres o más domingos al mes, tiene derecho a recibir el recargo y, además, a un día de descanso compensatorio durante la semana siguiente.

La reforma laboral también permite que el empleador y el trabajador acuerden un día de descanso obligatorio distinto del domingo.

Para efectos legales, ese día recibe el mismo tratamiento que el domingo, según el abogado de Posse Herrera Ruiz.

¿Qué otro festivo queda en 2026 en Colombia?

  • Lunes 16 de noviembre: Independencia de Cartagena.
  • Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Ver más: Lo que debe saber sobre la reducción de la jornada laboral y el trabajo por horas en Colombia

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