Formulan cargos contra constructoras que afectaron patrimonio en Cartagena

Son tres compañías las que deberán responder ante la SIC por presuntas fallas en construcción del proyecto ‘Aquarela VIS’.

Vista general de la ciudad amurallada - Cartagena.
30 de julio, 2021 | 01:14 PM

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra las empresas Plano Constructivo SAS, Colcivil SA y Promotora Calle 47 SAS, vinculadas en la construcción del polémico proyecto ‘Aquarela VIS’ en Cartagena.

La entidad determinará “el presunto incumplimiento de estas en relación con su deber de garantizar la calidad, seguridad e idoneidad de los inmuebles que se ponen a disposición de los consumidores en el mercado inmobiliario del país”.

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El contexto:

Hay que recordar que el proyecto ‘Aquarela’ fue construido en el Centro Histórico de Cartagena, muy cerca del Castillo San Felipe, lo que amenaza la declaratoria patrimonial de la ciudad amurallada porque, entre otras cosas, afecta la visualización del Castillo.

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La Unesco advirtió desde 2017 la necesidad de que el Gobierno colombiano adelantara medidas para proteger el patrimonio que afecta el Aquarela.

En mayo de 2020 tanto la Procuraduría como el Ministerio de Cultura le habían ordenado a la Alcaldía de Cartagena que demoliera el edificio en mención en un plazo no mayor a dos meses luego de que se conociera que la única manera de que se devolvieran los 619 metros cuadrados ocupados ilegalmente por las constructoras era a través de su destrucción.

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Algunas de las fallas del proyecto:

  • A la estructura le hace falta un 30% de rigidez global y más de un 90% de resistencia en una cantidad considerable de muros estructurales para cumplir los requerimientos del reglamento NSR-10.
  • La cantidad de pilotes no son suficientes para soportar la solicitación de carga gravitacional de la estructura, teniendo en cuenta la capacidad indicada en el estudio de suelos.
  • La mayoría de los muros estructurales no cumplen con la cuantía mínima requerida en la NSR-10.
  • Respecto a la resistencia al fuego, el espesor de las placas tampoco cumpliría con lo consagrado en la NSR-10, pues es necesario un espesor mínimo de 80 milímetros (mm) y en el plano se estipula que sería de 50 mm.

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Además de lo mencionado hasta ahora, la SIC revisará si la constructora Promotora Calle 47 SAS estaría entregando información engañosa a los consumidores.

Por último, la autoridad dijo que “contra el acto administrativo de formulación de cargos no procede ningún recurso. De confirmarse los cargos en contra de Plano Constructivo SAS, Colcivil SA., y Promotora Calle 47 SAS se podrían imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes”.