Julio Velarde fue ratificado por el Ejecutivo como banquero central de Perú

La decisión extiende la permanencia del funcionario al frente de la autoridad monetaria, cargo que ocupa desde octubre de 2006, tras la publicación de una resolución suprema en el diario oficial.

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Julio Velarde, presidente del BCR de Perú, tuvo una sesión especial en CADE 2022 que fue moderada por Claudia Cooper, exministra de Economía y presidenta del directorio de la Bolsa de Valores de Lima.

El Poder Ejecutivo de Perú formalizó la ratificación de Julio Emilio Velarde Flores (de 74 años) como presidente del directorio del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), según una resolución suprema publicada este viernes en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

De esta forma, solo falta el visto bueno del Poder Legislativo.

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La Resolución Suprema N.º 258-2026-PCM establece la designación de Velarde al frente de la autoridad monetaria por los próximos cinco años. Es decir, hasta 2031.

Según los considerandos de la norma, corresponde al Poder Ejecutivo designar a cuatro miembros del directorio del BCRP, incluido su presidente. Esta designación debe ser posteriormente ratificada por el Congreso de la República.

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La resolución lleva las firmas de la presidenta de la República, Keiko Fujimori Higuchi; del presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta Velarde; y del ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza.

Con esta medida, Velarde continuará al frente del Banco Central, institución encargada de preservar la estabilidad monetaria y administrar la política monetaria del país.

20 años al frente de la autoridad monetaria

Velarde llegó a la presidencia del BCRP en octubre de 2006 y desde entonces ha permanecido al frente de la institución durante sucesivos gobiernos. Antes de asumir el cargo, se desempeñó como director del propio Banco Central y ocupó distintos puestos vinculados con la política económica. También fue decano de la Facultad de Economía de la Universidad del Pacífico y ha participado en organismos internacionales.

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Su continuidad se da en el marco de un esquema institucional que establece la autonomía del Banco Central. El artículo 84 de la Constitución peruana señala que el BCRP es una persona jurídica de derecho público con autonomía dentro de su Ley Orgánica y fija como su principal objetivo preservar la estabilidad monetaria. Además, la Constitución le asigna funciones como regular la moneda y el crédito y administrar las reservas internacionales.

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