Consulta Popular 2023: lo que debe saber y entender de la pregunta 4

Al tiempo que se pregunta por el número de asambleístas en el referéndum, el gobierno incluyó una pregunta relacionada con el control de los miembros de los partidos políticos

Los movimientos políticos deberán constituirse por un mínimo de afiliados, si se aprueba la cuarta pregunta de la consulta.
25 de enero, 2023 | 09:28 AM

Bloomberg Línea — En la Consulta Popular que se votará el 5 de febrero de 2023, los ecuatorianos podrán decidir sobre un nuevo esquema para la conformación de los movimientos políticos, en el cual se exige un mínimo de afiliados del padrón electoral.

La cuarta pregunta que se encontrarán los ecuatorianos en el referéndum es la siguiente:

¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5% del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral?

Cuarta pregunta

En la actualidad, en Ecuador existen 279 organizaciones políticas, de las cuales, 272 son movimientos. Para controlar este número de movimientos y el número de adherentes, el gobierno de Guillermo Lasso planteó la pregunta de la consulta, pasando a exigir un mínimo de un 1,5% de afiliados a los movimientos, en caso de ganar el sí.

“Lo que se busca es que ya no existan más partidos de alquiler. Hemos visto cómo se venden, compran y se alquilan partidos políticos, y no existe una estrategia fuerte de un sistema de partido sólido donde exista formación política e ideológica. Se enlaza con la pregunta del número de asambleístas, fortalecer el sistema de partidos y fortalecer los liderazgos regionales”, dijo la asambleísta Ana Belén Cordero, del Movimiento CREO, a Ecuavisa.

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La pregunta deja a un lado a los partidos políticos, que tendrán que ser de carácter nacional y tener presencia en todo el país, abarcando por lo menos la mitad de las provincias , dos de las cuales deberán corresponder a las provincias de mayor población en el país (Guayas, Pichincha, Manabí).

Los partidos políticos deberán ser nacionales y tener directivas en cada uno de los cantones de al menos 12 provincias.

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En cuanto a los movimientos políticos, sobre los cuales el gobierno defiende que hay afiliación fraudulenta de militantes de las organizaciones políticas, se propone un proceso que deberá ser auditado periódicamente, planteando que el movimiento tenga un mínimo de militantes que sea igual al 1,5% del padrón electoral de su jurisdicción.

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Al contar con el mínimo de afiliados, los movimientos podrán adaptarse a cualquier nivel de gobierno o jurisdicción extraterritorial, y la ley especificará las condiciones para su organización, sostenibilidad y funcionamiento.

“Con esta pregunta se iría a una afiliación de registro biométrico, en donde el Consejo Nacional Electoral (CNE) exija a todos los movimientos información de los afiliados (iris, huellas, etc), ¿para qué quiere el gobierno todos estos datos? Es muy peligroso este registro biométrico, la letra pequeña de la consulta”, dijo la asambleísta Sofía Espín Reyes, del partido UNES, a Ecuavisa.

Lo que se hará si se aprueba la cuarta pregunta

Será el CNE el encargado de poner en marcha los cambios para los movimientos políticos. Tras los resultados oficiales de la Consulta Popular, el organismo dispondrá de 80 días para implementar la plataforma para conocer el estado de afiliación de los ciudadanos.

Después, contará con 30 días para implementar el sistema de identificación biométrica de los afiliados de los movimientos y 45 días para publicar las resoluciones que especifican el número de afiliados pertenecientes a cada movimiento, así como el número de miembros que pueden hacer falta conservar su inscripción.