¿Qué pasó?: Corte Constitucional suspende provisionalmente el impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro
¿Por qué es importante?: La decisión se tomó mientras al alto tribunal adopta una medida de fondo.
La medida fue decretada por el Gobierno Petro en la segunda emergencia económica
Bloomberg Línea — La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro, decretado por el Gobierno Petro en la segunda emergencia económica (Decreto 173 del 24 de febrero de 2026).
La votación del alto tribunal fue seis a favor de la suspensión y tres en contra. Se tomó mientras la Corte toma una decisión de fondo sobre el caso.
Esta medida tributaria empezó a regir el pasado primero de abril y cobija a entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y aquellas que se encuentran en liquidación.
El próximo pago estaba previsto para el próximo lunes 4 de mayo, de acuerdo con lo establecido por el decreto en mención.
La decisión de la Corte Constitucional ocurre un día después de que el Consejo de Estado ordenara la suspensión provisional de una parte clave del Decreto 415 de 2026, que obligaba a trasladar recursos de los fondos privados de pensiones a Colpensiones, al considerar que podría haberse expedido excediendo las facultades del Gobierno.
Dicha decisión se tomó mediante una medida cautelar de urgencia mientras se estudia de fondo la legalidad de la norma.













