¿Cómo saber si tengo saldo a favor en el SAT? | Declaración anual 2023

Las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual y si se cumplen ciertos supuestos podrían resultar con un saldo a favor

La fecha límite para que las personas físicas presenten la declaración anual es el 2 de mayo.
11 de abril, 2023 | 04:09 PM

Ciudad de México — El mes de la declaración anual llega con una pregunta que para algunos contadores requiere de una bola mágica: ¿tendré saldo a favor con el SAT?

Las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual en abril, en este 2023 los contribuyentes deben presentar la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

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Así como las personas físicas tienen esta obligación, también tienen derecho a obtener la devolución de un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que proceda en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables.

Cuando se presenta la declaración anual existe una expectativa de que habrá un saldo a favor y en consecuencia una devolución de impuesto, sin embargo, no en todos los casos habrá saldo a favor, habrá declaraciones que resulten sin saldo a favor y sin deberle al SAT, pero también habrá casos en los que la declaración resulte con saldo en contra, es decir, con impuesto a pagar.

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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual en 2023?

Edgardo Beltrán Ávila, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México, dijo que tener saldo a favor o en contra dependerá prácticamente de los ingresos obtenidos en 2022, el régimen y, muy importante, las deducciones personales.

En abril declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

Sueldos y salarios:

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  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.

Verifica que tus comprobantes estén correctos con el Visor de nómina del SAT.

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Servicios profesionales: ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios

Actividades empresariales: plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

Régimen Simplificado de Confianza, por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que hayan realizado.

Cobrar rentas: ingresos por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

Reciben intereses o dividendos.

Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.

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Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

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¿Cómo saber si puedo tener saldo a favor o saldo en contra?

El contador Beltrán Ávila recordó que las personas que no tuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos en 2022 no tienen la obligación de presentar la declaración anual este 2023, pero sí pueden hacerlo si tienen deducciones personales y aunque su régimen sea de sueldos y salarios bajo nómina.

“Realmente lo que le podría dar a una persona un saldo a favor es que haya tenido deducciones personales en el ejercicio fiscal”, señaló el contador.

Explicó que la forma de obtener saldo a favor provendría de las deducciones personales, siempre y cuando durante el año 2022 se hubieran hecho las retenciones de ISR correspondientes; en el caso de asalariados, si los patrones realizaron las retenciones correctamente, es probable que el “exceso” de ISR provendría de deducciones personales.

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“La empresa le estuvo reteniendo quincena tras quincena, semana tras semana o mes a mes, la parte del ISR que le corresponde pagar a cada uno de los empleados a través de la retención que entera el patrón, entonces, esa retención se supone que va acorde a los ingresos obtenidos y que al final del año debe de salir tablas, ni a cargo ni a favor”, expuso Beltrán Ávila.

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Entonces, ¿a dónde se inclina la balanza para que haya un saldo a favor?, esto dependerá de las deducciones personales que se tengan.

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Por ejemplo, si una persona física tiene como única deducción un crédito hipotecario, podría tener saldo a favor.

De acuerdo con el SAT, son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

Otro caso puede ser el de una persona física cuya única deducción personal son las colegiaturas, en este supuesto también podría obtener un saldo a favor.

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Si esa persona física tiene hijos y deduce las colegiaturas de nivel preescolar, primaria, secundaria, bachillerato y profesional técnico, lo más probable es que resulte un saldo a favor, si las facturas electrónicas cumplieron con todos los requisitos.

También es probable que, si la persona física tiene solamente deducciones de gastos médicos o dentales, resulte con algún monto de saldo a favor.

“Si los retenedores de impuestos retuvieron lo que se debía, ni más ni menos, y hay algunas deducciones personales, considero que podría haber saldo a favor”, estimó el integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México.

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