Gobierno declara emergencia en Guerrero por huracán Otis, pero no como categoría 5

AMLO firmó un decreto para ayudar a los contribuyentes de Acapulco y de las zonas que fueron afectadas por el ciclón

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31 de octubre, 2023 | 02:29 AM

Ciudad de México — El Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador emitió la declaratoria de emergencia para el estado de Guerrero por la ocurrencia de un huracán categoría 4 y no por un huracán categoría 5 en la escala Saffir-Simpson, que fue la máxima intensidad que alcanzó el ciclón cuando tocó tierra en el puerto de Acapulco.

La Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC) del Gobierno mexicano publicó este lunes 30 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la declaratoria de emergencia para el estado de Guerrero seis días después del paso del huracán Otis en Acapulco, una de las ciudades emblemáticas para el turismo en el país, y ocho municipios.

La declaratoria fue publicada en el DOF para una emergencia en Guerrero por un huracán categoría 4 y no para uno de categoría 5 como fue el que se registró a las 00:25 horas del 25 de octubre de 2023 cuando el ciclón tocó tierra, de acuerdo con el aviso meteorológico 091-23 del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

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Para la declaratoria en categoría 4, la CNPC utilizó como justificación diversos reportes y avisos meteorológicos que dieron cuenta del huracán en categoría 3 y 4, pero ninguno hizo referencia al aviso del SMN que dio cuenta del huracán en categoría 5.

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De tal forma que la declaratoria de emergencia emitida es por la ocurrencia de “lluvia severa y vientos fuertes el día 24 de octubre de 2023″ y porque el huracán Otis continuaría ocasionando lluvias extraordinarias en regiones de Guerrero, e intensas en zonas de Oaxaca.

Además de Acapulco, la declaratoria reconoce afectaciones por lluvia severa y/o vientos fuertes en los municipios de Coyuca de Benítez, Benito Juárez, Atoyac de Álvarez, Técpan de Galeana, San Marcos, Florencio Villarreal, Petatlán y Zihuatanejo de Azueta.

Con la declaratoria se activó el Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales para atender a la población damnificada en el estado de Guerrero y liberar recursos presupuestales para la adquisición de insumos. La atención a la población estará sujeta a disponibilidad presupuestal.

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Gobierno decreta apoyos fiscales para contribuyentes en Guerrero

AMLO, como se le conoce al presidente, firmó un decreto por el que se otorgarán diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por “las lluvias severas y vientos fuertes” que ocasionó el huracán Otis.

El decreto se habilita ante la declaratoria de emergencia para Guerrero, siendo el municipio de atención inicial Acapulco.

Entre los beneficios fiscales se encuentra un estímulo fiscal a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas, el cual consiste en deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos o usados de activo fijo que realicen en dichas zonas afectadas entre octubre y diciembre de 2023.

Los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, excepto los asimilados a salarios, podrán enterar las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de sus trabajadores, correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2023, en tres parcialidades iguales, pagándolas en enero, febrero y marzo de 2024.

Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del ISR correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, al cuarto trimestre de 2023, así como al tercer cuatrimestre de 2023, según corresponda, por los ingresos que obtengan los contribuyentes personas morales.

Los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que opten por realizar pagos provisionales semestrales del ISR, podrán optar por presentar mensualmente las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes a dicho semestre, sin que se considere que incumplen los requisitos establecidos.

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