Guiño al FMI: AFIP busca reforzar la recaudación y apunta a las billeteras virtuales

El Gobierno argentino avanza en la investigación a morosos con la intención de fortalecer sus ingresos, uno de los puntos acordados con el Fondo Monetario Internacional

Busca recaudar más de $20.000 millones.
09 de febrero, 2022 | 02:10 PM

Buenos Aires — La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó a las billeteras virtuales a la lista de activos que se pueden embargar en Argentina.

Ante el crecimiento de esta herramienta, el ente tributario tomó la decisión con el objetivo de eventualmente recaudar más de $20.000 millones, según señalaron fuentes oficiales a Bloomberg Línea.

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En ese sentido, aseguraron que el proceso implicará, en principio, a 9.800 personas y empresas morosas. Además, aclararon que la metodología es la misma que para cualquier embargo que solicita la AFIP a la Justicia.

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      • El contexto: La determinación del organismo se da luego de que el ministro de Economía, Martín Guzmán, indicara que en las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), “el componente que refiere a lo impositivo no tiene que ver con medidas de política tributaria per se, sino medidas de administración tributaria”.
      • La cita clave:Lo que ahora buscamos hacer es fortalecer la administración tributaria, atacando los problemas de evasión en los segmentos en donde ello existe, de modo de proteger a los contribuyentes que sí cumplen con sus obligaciones impositivas”, manifestó en declaraciones al diario La Nación.

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En ese escenario, esta semana, fueron intimados más de 30.000 contribuyentes por presuntas irregularidades vinculadas con la valuación de inmuebles en el exterior, el uso de facturas apócrifas y liquidaciones de granos no declaradas, entre otros motivos.

¿Qué ocurre luego de un incumplimiento?

Una vez generado el incumplimiento, si no se presentó la Declaración Jurada o se realiza el pago, se realizan intimaciones por falta de presentación o pago que pueden ser centralizadas, es decir, al domicilio fiscal electrónico o por correo postal o desde la dependencia de inscripción.

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Si un contribuyente recibió la intimación por incumplimiento y en el transcurso del plazo para responder y regularizar la situación no se concretó, se procede a generar la boleta de deuda o sumarios.

A su vez, si luego de las intimaciones la deuda continúa impaga, se procede a la instancia de ejecución fiscal y se asignará un funcionario que actuará como representante del fisco.

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