Bloomberg Línea — Los trabajadores dependientes de la Sierra y la Amazonía ecuatoriana deberán recibir a más tardar el sábado 15 de agosto el pago del décimo cuarto sueldo, como dicta el Código del Trabajo.
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La décima cuarta remuneración, también denominada bono escolar, equivale a un salario básico unificado (SBU), es decir, US$482, independientemente del salario que devenguen los beneficiarios.
Quienes tienen derecho a esta remuneración son los:
- Trabajadores del sector privado bajo relación de dependencia.
- Servidores públicos.
- Trabajadores del servicio doméstico.
- Trabajadores a jornada parcial, en proporción al tiempo trabajado.
- Jubilados del IESS, pensionistas del Seguro Militar y de la Policía Nacional, en los casos establecidos por la normativa.
Quienes no tienen derecho a esta remuneración son:
- Los trabajadores independientes.
- Quienes cobran honorarios por su trabajo.
- Operarios y aprendices de artesanos calificados.
- Los socios, accionistas o propietarios de un negocio.
- Quienes presten sus servicios a través de contratos profesionales o de facturación.
Los empleadores que no paguen el décimo cuarto sueldo a sus empleados en el plazo máximo, el 15 de agosto, podrían ser sancionados con el pago de una multa de 20 SBU, o sea, US$9.640.
El monto depende del tiempo trabajado
Para recibir el décimo cuarto sueldo completo de US$482 en 2026, un ecuatoriano debe haber trabajado 12 meses completos dentro del período de cálculo correspondiente y a jornada completa.
Si trabajó menos de un año, también tiene derecho a este pago, solo que acorde al periodo laborado. Concretamente para la Sierra y la Amazonía, el periodo de cálculo comienza el 1 de agosto y termina el 31 de julio.
“Si un trabajador, por cualquier causa, saliere o fuese separado de su trabajo antes de las fechas mencionadas, recibirá la parte proporcional de la décima cuarta remuneración al momento del retiro o separación”, establece el artículo 113 del Código del Trabajo.
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