Economía

Familiares de manifestantes violentos podrían perder subsidios estatales

Los afectados serán quienes tengan familiares condenados por daño en bien ajeno o violencia contra servidor público durante manifestaciones públicas.

Los manifestantes se reguardan en un enfrentamiento con la policía durante una protesta en Bogotá, Colombia, el viernes 28 de mayo de 2021.
Por Daniel Guerrero
06 de agosto, 2021 | 03:02 PM

Bogotá — Al Congreso de la República llegó un proyecto de Ley que busca quitarles los beneficios estatales a los familiares de quienes participen de forma violenta de las manifestaciones políticas.

La iniciativa es de un grupo de senadores del Centro Democrático. Durante las protestas que se vivieron en Colombia sus militantes fueron los más enfáticos en la necesidad de que se actuara con la fuerza del Estado para desbloquear vías y restablecer el orden en el territorio nacional.

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Hay que tener presente que las marchas que iniciaron el 28 de abril en Colombia dejaron centenares de heridos, tanto civiles como de la fuerza pública, miles de millones de pesos en pérdidas causadas por daños a la infraestructura pública, así como grandes obstáculos para el sector productivo que vio afectada su operación, principalmente, en el Valle del Cauca.

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Las manifestaciones surgieron tras el ambicioso plan de reforma tributaria que presentó el Gobierno de Iván Duque, en cabeza del entonces ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, a quien le costó el puesto el proyecto. Las protestas y disturbios en el país se prolongaron por más de 45 días.

La iniciativa que ahora hace carrera en el Senado de la República propone que “la familia beneficiaria o potencialmente beneficiaria, que tenga uno o más de sus miembros condenados por las conductas de daño en bien ajeno y violencia contra servidor público, desarrolladas en ejercicio de la manifestación pública, perderá el beneficio y no podrá ser considerada para el mismo en los 2 años siguientes a la ejecutoria de la sentencia condenatoria”.

Además, el proyecto establece que quienes sean sujeto de condena penal, en dos o más ocasiones, no podrán ser beneficiarios de subsidios por parte del Estado, siempre y cuando dichas condenas se hayan terminado de ejecutar durante los 5 años anteriores a la fecha de radicación de la solicitud del subsidio ante la entidad correspondiente.

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Incluso el proyecto tiene previsto que, si al momento de ya estar recibiendo el subsidio el beneficiario llegara a recibir una condena penal, en al menos dos oportunidades, perderá automáticamente su vinculación al programa estatal.

Según el Departamento Nacional de Planeación DNP, Colombia cuenta con cerca de 50 subsidios ofrecidos por al menos nueve entidades estatales, dentro de las que se cuentan algunos ministerios, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- y el Departamento de Prosperidad Social -DPS-.

Los sectores subsidiados son aquellos en los que se observan fallas de mercado o externalidades positivas que surjan ante la insuficiencia de un servicio.

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En este sentido, algunos de los subsidios ofrecidos por Estado son dirigidos a la atención de la primera infancia, la educación en todos sus niveles, la formación para el trabajo, los servicios públicos, la salud, la vivienda y la pobreza.

Según las cifras del Presupuesto General de la Nación los subsidios a la educación básica, media y secundaria ascendieron a cerca de $24 billones y a la educación superior a los $4.5 billones; mientras que para la salud se destinaron recursos por $19.3 billones, para servicios públicos la asignación fue cercana a los $5.9 billones y para pensiones el monto asignado ronda los $22 billones.

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Aunados a todos los demás recursos de asistencia social, en el año 2020 estos subsidios correspondieron al 9,3% del PIB, cifra que se sitúa por encima del 7,5% de México, y se aproxima a la de importantes países de la región como Chile, con un 10,9%, y Argentina, con un 12%.

Dicen los autores que, así las cosas, la razón de retirar los subsidios de transferencias condicionadas a quienes reincidan en hacerse objeto de sanciones penales o administrativas obedecen, más en particular, al principio de reciprocidad social.

Argumentan que toda acción que vaya en contravía de aquellas obligaciones atenta de forma directa o indirecta contra la sociedad y corresponde a esta hacer justicia privando a los infractores de los beneficios que les ofrece.