Colombia crearía nuevo indicador para calcular subsidios, multas y otros servicios

El Ministerio de Hacienda publicaría mediante una resolución antes del primero de enero de cada año el valor de la UVB aplicable para el año siguiente

En el caso de los cobros que se encuentren en firme o han sido ejecutados con anterioridad al 1 de enero de 2024, “se mantendrán determinados en salarios mínimos o en UVT, según el caso”, dice el documento.
03 de febrero, 2023 | 02:40 PM

Bogotá — El Gobierno del presidente Gustavo Petro buscaría crear un nuevo indicador para calcular el patrimonio o los ingresos para acceder a programas del Estado, así como los incrementos de las multas y otros servicios de diferente índole, según el borrador del Plan Nacional de Desarrollo (PND) al que ha accedido Bloomberg Línea.

Con esta hoja de ruta para sus políticas durante los cuatro años de mandato, el Gobierno buscaría crear la Unidad de Valor Básico (UVB), que ayudará a calcular y definir los cobros de una serie de servicios que antes tenían equivalencia con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor Tributario (UVT).

Según el borrador, el valor de la UVB para el 2023 sería de $10.000.

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El documento indica que la UVB se debería reajustar anualmente en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos perecederos y procesados ni regulados, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane).

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El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicaría mediante una resolución antes del primero de enero de cada año el valor de la UVB aplicable para el año siguiente.

Dentro de los cobros que se ajustarían con la UVB se incluyen sanciones; multas; tarifas; requisitos financieros para la constitución, la habilitación, la operación o el funcionamiento de empresas públicas y/o privadas; requisitos de capital, patrimonio o ingresos para acceder y/o ser beneficiario de programas del estado.

Asimismo, los montos máximos establecidos para realizar operaciones financieras; montos mínimos establecidos para el pago de comisiones y contraprestaciones definidas por el legislador; cuotas asociadas al desarrollo de actividades agropecuarias y de salud; clasificaciones de hogares, personas naturales y personas jurídicas en función de su patrimonio y/o sus ingresos.

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También entran los incentivos para la prestación de servicio público de aseo y honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos, cobros que actualmente están denominados y establecidos con base en salarios mínimos o en UVT.

En el caso de los cobros que se encuentren en firme o han sido ejecutados con anterioridad al 1 de enero de 2024, “se mantendrán determinados en salarios mínimos o en UVT, según el caso”, dice el documento.

“Lo dispuesto en este artículo no será aplicable a las cifras y valores aplicables a tributos, sanciones y, en general, a los asuntos previstos en las disposiciones tributarias, ni en relación con los asuntos de índole aduanera ni de fiscalización cambiaria, que se encuentren medidos o tasados en UVT”, aclara el documento.

A finales del año pasado Colombia presentó el proyecto de decreto para la desindexación de por lo menos 60 actividades y servicios del salario mínimo en 2023, que se definió en $1.160.000 tras un aumento del 16%.

Con este proyecto de decreto se busca actualizar los montos expresados en salarios mínimos mensuales legales vigentes y migrar a UVT.

Se trata de una “modificación que no implica la creación de un nuevo producto o servicio financiero, toda vez que solo se realizará la actualización en el sentido mencionado”, dice el documento.

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