Bloomberg Línea — Cuadrillas de privados de libertad en uniformes amarillos limpiando espacios públicos se han convertido en la cara del programa “Cero Ocio”, una política que busca transformar el sistema penitenciario de Costa Rica, un país que históricamente se destacó por su baja criminalidad, pero que hoy registra cifras récord de violencia.
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La nación centroamericana enfrenta una crisis penitenciaria y de seguridad sin precedentes. Sus cárceles albergan a casi 20.000 personas privadas de libertad y, según las autoridades, cada una supone un costo cercano a los US$1.000 mensuales para el Estado. A ello se suma una escalada de la violencia: el país, de 5,1 millones de habitantes, superó los 900 homicidios en 2025 y el Gobierno estima que el 70% está relacionado con el narcotráfico.
En este escenario, la administración de la presidenta Laura Fernández presentó el 15 de junio un paquete de iniciativas en materia de seguridad, que se suman a la construcción de una megacárcel, que replica muchos conceptos del Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) de El Salvador.
El programa “Cero Ocio” se mueve en dos frentes. Por un lado, desde el 17 de junio, cuadrillas de privados de libertad están dando mantenimiento a diferentes áreas públicas, en coordinación con diversas instituciones estatales y gobiernos locales.

Por otro, el proyecto de ley 25617, que busca escalar este modelo. “Este gobierno va a acabar con la vagabundería en las prisiones siempre en el marco de la ley”, dijo la Presidencia de la República en un post en redes sociales.
Según la exposición de motivos, el sistema penitenciario costarricense registraba en febrero de 2026 una población de 19.453 reos y una sobrepoblación del 46,4%, con establecimientos que presentan niveles críticos de hacinamiento.
“Estas condiciones afectan la administración penitenciaria, incrementan los riesgos para la seguridad institucional y dificultan el cumplimiento de los fines constitucionales de la pena, particularmente en materia de rehabilitación y reinserción social”, señala la iniciativa, actualmente en comisión en el Legislativo.
El plan, que emula a una iniciativa implementada en El Salvador, advierte que el ocio constituye uno de los principales factores que alimentan la crisis penitenciaria, por lo que propone garantizar “un entorno de ocupación útil, con seguridad ocupacional”, bajo un esquema de retribución equitativa tutelada.
El proyecto crea un modelo de autosuficiencia financiera. El Ministerio de Justicia actuará como intermediario: firmará convenios con empresas privadas y les facturará por la mano de obra de los reclusos y el uso de las instalaciones.
El dinero que generan los reclusos no se les paga como un salario convencional, sino que la ley lo denomina un “subsidio formativo”, con un 35% para pagar la manutención del recluso dentro del sistema; 35% para un fondo de reparación económica dirigido a las víctimas de los delitos de esos reclusos; 20% para el apoyo económico de las familias de los internos; y 10% como un ahorro que se le entrega al recluso cuando sale de la cárcel.
El debate
Uno de los puntos en discusión es el artículo 10 del proyecto, el cual establece que el Ministerio de Justicia y Paz sería el encargado de gestionar el subsidio a favor de las personas privadas de libertad, bajo una relación “de carácter formativo y de rehabilitación, en atención a las condiciones propias de la privación de libertad y a su integración como instrumento de tratamiento penitenciario”.
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Al no equipar estas actividades a una relación laboral, en la práctica, esto implicaría que las personas privadas de libertad que produzcan para terceros no cotizarían a la seguridad social y sin acceso a los tribunales de trabajo.
Frente a esta crítica, el texto del propio expediente 25617 justifica que, bajo este modelo, “la población penitenciaria no es sometida a trabajos forzosos, sino que queda sujeta a un régimen de aprendizaje práctico riguroso y disciplina ocupacional en entornos reales de producción, adquiriendo de forma obligatoria las competencias técnicas que el mercado exige para su reinserción definitiva”.
Además, en su análisis editorial, el diario La Nación señaló que este esquema podría entrar en tensión con el Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Costa Rica, el cual exige que las excepciones al trabajo forzoso en cárceles se ejecuten bajo supervisión pública y con condiciones que se aproximen al trabajo libre.
En cuanto a la operatividad diaria, el artículo 5 del expediente establece que las decisiones sobre “ubicación de personas privadas de libertad, apertura de centros productivos, y cambios de regímenes de confianza” serán “órdenes administrativas de cumplimiento inmediato” dictadas por el Ministerio de Justicia.

Esta redacción traslada la toma de decisiones hacia el Ejecutivo, restando capacidad de intervención previa a los jueces de ejecución penal, que históricamente son los garantes de los derechos de los internos y supervisan sus condiciones de reclusión.
El uso de mano de obra penitenciaria en labores externas no es inédito en el país. Según registros del medio Semanario Universidad, en 2015, durante la administración de Luis Guillermo Solís, reclusos del centro penitenciario de Liberia participaron en la construcción de calles de acceso a ese recinto.
Sin embargo, lo que diferencia la propuesta actual de iniciativas pasadas es su modelo de autonomía financiera. El texto argumenta que “ante los problemas fiscales del país, es más que razonable que los privados de libertad realicen actividades productivas, promoviendo tanto su reinserción como una contribución positiva a la sociedad; ya que no hacerlo es un privilegio que el país no puede seguir sosteniendo”.
Con este enfoque, el expediente 25617 espera ser dictaminado por la Comisión de Seguridad y Narcotráfico para pasar a su próximo fase en el plenario legislativo.
En 2024, al evaluar un proyecto de características similares presentado por el exdiputado Fabricio Alvarado, la presidenta de la Sala Constitucional (Sala III), Patricia Solano, declaró que “el Estado ya está obligado a darles comida y techo a los privados de libertad, por lo que no podría exigírseles un pago para este fin”.













