Congreso de Perú otorga algunas facultades al gobierno: así quedó el texto

No se le permitirá al Ejecutivo, liderado por el presidente Pedro Castillo, modificar el régimen tributario minero sin antes presentar un proyecto de ley al Parlamento peruano.

Perú: Congreso otorga algunas facultades al gobierno para legislar en diversas materias.
17 de diciembre, 2021 | 02:56 PM

Lima — Este viernes el Congreso de la República de Perú aprobó una ley que delega facultades al Poder Ejecutivo, liderado por Pedro Castillo, para legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, con el objetivo de contribuir con el cierre de brechas sociales.

La iniciativa de ley que fue presentada en octubre por el gobierno peruano ante el Parlamento fue aprobada con 96 votos a favor y 18 en contra, mientras que se presentó una abstención.

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La mayoría de votos oficialistas fueron en contra del texto sustitutorio de la ley aprobada por el Congreso, pues recorta una serie de pedidos que hizo el Ejecutivo inicialmente para modificar ciertos regímenes tributarios y permitir que el Banco de la Nación participe otorgando créditos en zonas donde hay escasa oferta financiera.

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Sobre los cambios al régimen tributario del sector minero, la Comisión de Constitución del Congreso, donde se trabajó el dictamen que se aprobó este viernes, sugirió al Gobierno enviar un proyecto de ley que apunte a esta finalidad y que tenga mayor consenso, por lo cual no se accedió a darle facultades al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que decidiera estas modificaciones por su cuenta.

Esta semana el titular del MEF, Pedro Francke, apareció en diversos medios de prensa peruanos resaltando la necesidad de que se les otorgue las facultades legislativas con la posibilidad de modificar el régimen tributario minero. El Ejecutivo esperaba recaudar 12.000 millones de soles adicionales con la reforma planteada en su integridad, monto del cual 1.200 millones de soles -de acuerdo al MEF- correspondían solo a los tributos que se buscaba aumentar en el sector minero.

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Aunque Francke no pudo difundir los resultados de una misión del Fondo Monetario Internacional (FMI) que tuvo como objetivo analizar el régimen fiscal de la minería en el Perú, sí precisó que las cifras preliminares mostraban que había espacio para aumentar la progresividad tributaria en el rubro. Según el ministro, el FMI mostró que la carga tributaria en Perú era de 41,7% para la minería, cifra menor a lo que representa esta carga en Chile (47,1%) y Brasil (47,9%).

La minería tiene ganancias extraordinarias por los altos precios de los minerales”, señaló Francke en un hilo de Twitter este miércoles, y enfatizó que “estudios técnicos” corroboran que la industria minera peruana “puede poner más el hombro y aumentar su aporte tributario en la circunstancia actual de mayores precios de los metales a nivel internacional.

Perú: FMI dice que se puede aumentar progresividad del régimen tributario de la minería.dfd

Por otro lado, tampoco se incluyó en el dictamen la posibilidad de que la Sunat cree un mecanismo para recaudar el Impuesto General a las Ventas (IGV) por el consumo de servicios digitales de plataformas no domiciliadas como Netflix, HBO Max, Uber, entre otras; y se eliminó también la propuesta de aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para cigarrillos electrónicos.

Con respecto a las propuestas de modificación de Impuesto a la Renta (IR) que hizo el Ejecutivo en el proyecto inicial de facultades legislativas, la mayoría de estas no fueron aceptadas. Así, no se modificará el impuesto a los alquileres para que quienes solo tienen como ingresos mensuales el alquiler de un inmueble por menos de 2.566 soles (aproximadamente US$638,3) no paguen impuesto por dicho arrendamiento, con lo cual se eliminaría su pago actual de 5% del alquiler que le representa un pago de impuesto de hasta 128 soles al mes.

MEF plantea que no paguen IR quienes tienen como único ingreso alquileres por hasta S/2.566 al mes.dfd

Esta propuesta también planteaba que quienes ganaran más por el concepto de alquiler estuvieran sujetos a un impuesto progresivo, que ascendía conforme la ganancia fuera mayor.

REVISA AQUÍ EL TEXTO FINAL DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

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