El aguinaldo en El Salvador se podrá pagar desde el 1 de octubre y hasta US$1.500 quedan exentos de renta

La Asamblea Legislativa aprobó cinco iniciativas que amplían el período para el pago del aguinaldo y otros beneficios económicos.

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Un usuario cuenta billetes de dólar estadounidense.

Bloomberg Línea — La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una serie de reformas que amplían el período de pago del aguinaldo, que ahora podrá entregarse desde el 1 de octubre hasta el 20 de diciembre, y exoneran de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) a las prestaciones de hasta US$1.500.

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Las cinco iniciativas, respaldadas con 60 votos, modifican el Código de Trabajo, la Ley Integral del Sistema de Pensiones, la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo y el Decreto Legislativo 140 de 1997, y benefician a los empleados públicos y privados, a los pensionados y a los beneficiarios de pensiones alimenticias.

La reforma al artículo 200 del Código de Trabajo adelanta del 20 de octubre al 1 de octubre el inicio del período de pago de esta prestación.

La misma norma fija el 12 de diciembre como fecha de referencia para el cómputo proporcional, de modo que quienes no completen el tiempo requerido o sean despedidos sin causa legal antes de esa fecha tendrán derecho al pago correspondiente al tiempo laborado.

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Los artículos 197 y 202, a su vez, garantizan ese pago proporcional en los casos de terminación con responsabilidad patronal y establecen que, en las renovaciones anuales de contrato con un mismo empleador, debe respetarse la fecha de ingreso original del trabajador.

En materia fiscal, disposiciones transitorias consideran renta no gravable el aguinaldo y las compensaciones adicionales en efectivo hasta un límite de US$1.500.

Quienes reciban montos menores cobrarán la prestación completa, mientras que a quienes la rebasen solo se les retendrá el impuesto sobre el excedente.

El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, recordó que esta exención ha sido aprobada año con año por el Legislativo. “El objetivo es que las familias salvadoreñas, que los trabajadores, puedan disponer sin ningún tipo de retención o descuento aquellos aguinaldos que se reciban, hasta por 1.500 dólares”, señaló el parlamentario.

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Las reformas también alcanzan a los pensionados: los artículos 97 y 153 de la Ley Integral del Sistema de Pensiones permitirán adelantar el pago de la pensión de Navidad y del beneficio adicional anual, tanto del sistema público como del privado, desde el primer día hábil de octubre hasta el quinto día hábil de diciembre.

En el ámbito de las pensiones alimenticias, la retención del 30% del aguinaldo podrá practicarse desde el 1 de octubre y entregarse a los beneficiarios hasta el 20 de diciembre, lo que anticipa la disposición de esos recursos por parte de los hijos y demás acreedores alimentarios.

Finalmente, la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo fue modificada para que esta prestación, dirigida a los empleados públicos, pueda pagarse dentro del mismo período de octubre a diciembre.

Navarro sostuvo que las medidas “buscan que las familias puedan disponer de estos ingresos con mayor anticipación para atender sus gastos, cumplir compromisos y organizar sus finanzas antes de diciembre”, y agregó que “estas reformas no solo cambian las fechas, le dan más opciones tanto al empleado como al empleador”.

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