Bloomberg Línea — Los trabajadores del sector privado y del sector público en Perú reciben beneficios económicos distintos durante Fiestas Patrias y Navidad.
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Mientras que los trabajadores de las empresas privadas acceden a la gratificación, los servidores públicos perciben un aguinaldo fijado por el Gobierno.
En el caso de 2026, además, los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) comenzaron a recibir una gratificación con un esquema de implementación gradual aprobado por el Ejecutivo.
Sector privado
El miércoles 15 de julio venció el plazo establecido por la Ley N.º 27735 para que las empresas del sector privado depositaran la gratificación de julio.
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El beneficio aplica para trabajadores en planilla, sin distinción de si su vínculo es indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial.
El monto base equivale a una remuneración mensual completa para quienes laboraron los seis meses (entre enero y junio).
Si el trabajador tuvo menos de seis meses en planilla, recibirá una cantidad proporcional a los meses efectivamente trabajados. El cálculo toma como referencia la remuneración habitual percibida al 30 de junio.
Dado que por ley la gratificación no está afecta a descuentos de AFP, ONP ni EsSalud, el empleador debe asumir el aporte de salud y transferírselo al trabajador mediante una bonificación extraordinaria:
- Si el trabajador está afiliado a EsSalud, la bonificación es del 9% sobre el monto de la gratificación.
- Si está afiliado a una EPS, la bonificación es del 6,75%. Por ejemplo, un trabajador con un sueldo de S/ 2.500 en EsSalud que laboró todo el semestre, recibirá S/ 2.500 + S/ 225 de bonificación, totalizando S/ 2.725.
El beneficio no aplica para trabajadores de microempresas, independientes ni informales. En el caso del régimen REMYPE, el pago es de media gratificación.
Cabe precisar que, aunque no tiene aportes a la seguridad social, la gratificación sí está afecta al Impuesto a la Renta de quinta categoría. Además, es inembargable salvo por deudas alimentarias (puede retenerse hasta el 60%).
Sector público
Mediante el Decreto Supremo N.° 128-2026-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso el pago de un aguinaldo de hasta S/ 300 para el sector público, abonado en la planilla de julio.
El pago benefició a funcionarios y servidores bajo los regímenes del decreto legislativo N.° 276, Ley N.° 29944 (magisterio), Ley N.° 30512, personal de salud, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, obreros municipales y pensionistas del Estado.
Para recibirlo, los trabajadores del sector público debieron haber laborado al 30 de junio de 2026 (o estar de vacaciones, con licencia remunerada o con subsidio de salud) y contar con una antigüedad mínima de tres meses.
Quienes no cumplan el tiempo mínimo recibirán un pago proporcional.
Régimen de CAS
Con la publicación del decreto supremo N.° 142-2026-EF, publicado el 21 de julio, los trabajadores bajo el CAS pasaron a un sistema de gratificación que se implementará de manera progresiva hasta 2030.
Durante este año, la gratificación para los CAS equivaldrá al 10% de su remuneración mensual, con un piso mínimo de S/ 300.
La base de cálculo irá aumentando anualmente (20% en 2027, 30% en 2028, 50% en 2029) hasta alcanzar el 100% de un sueldo completo en 2030.
Además, al igual que en el sector privado, incluye pagos proporcionales y truncos.
Sanciones por incumplimiento
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) recuerda que la falta de pago oportuno de la gratificación constituye una infracción laboral grave.
Las multas para empresas no MYPE oscilan entre S/ 8.635 y S/ 143.660, dependiendo del número de trabajadores afectados, suma a la que se le acumulan los intereses legales generados desde el día siguiente al vencimiento del plazo.
Las empresas no pueden descontar deudas del trabajador de este beneficio, a menos que medie autorización expresa del empleado.
Gratificación y aguinaldo de diciembre
Tras concluir el proceso de pagos por Fiestas Patrias, el siguiente beneficio laboral del año será el correspondiente a Navidad.
En el sector privado, la Ley N.º 27735 establece que la gratificación de diciembre deberá abonarse hasta el 15 de diciembre de 2026.
El beneficio corresponde al período laborado entre julio y diciembre y se calcula bajo las mismas reglas que la gratificación de julio: una remuneración mensual completa para quienes trabajaron todo el semestre o un monto proporcional para quienes registren menos tiempo de servicios.
En el sector público, el aguinaldo por Navidad dependerá de la norma que emita el Gobierno para establecer el monto, los beneficiarios y las condiciones de pago correspondientes a diciembre de 2026.
En el caso de los trabajadores CAS, el Decreto Supremo N.° 142-2026-EF dispone que también tendrán derecho a una gratificación por Navidad, la cual se pagará junto con la remuneración de diciembre y mantendrá el esquema de implementación gradual previsto para este año.













