Perú: TC rechaza pedido de nulidad de sentencia que elimina intereses moratorios

El Tribunal Constitucional concluyó que los pedidos de nulidad de la Sunat y de aclaración solicitada por el MEF resulta improcedente por no existir “sustento normativo” que ampare el recurso

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) que solicitó la nulidad de este fallo el pasado 13 de febrero. La Sunat dijo que la sentencia vunera “de manera muy grave” el derecho fundalmental a un debido proceso tributario.
17 de marzo, 2023 | 01:57 PM

Lima — El Tribunal Constitucional (TC) de Perú rechazó el pedido de nulidad que fue presentado por la Procuraduría Pública de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), en contra de la sentencia que elimina intereses moratorios de las deudas tributarias que se encuentran en litigio.

El reciente fallo del TC prohíbe al Estado peruano cobrar intereses moratorios de deudas tributarias que se encuentran involucradas en casos de disputa entre el Estado peruano y empresas. La Sunat indicó con anterioridad que esta decisión puede impactar a casos con más de 300 empresas grandes que tienen deudas tributarias en controversia.

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El TC consideró que no existe sustento normativo que ampare el recurso de nulidad solicitado por la Sunat y enfatizó que no existe base legal en la que se sustente la solicitud, según explica Giorgio Balza, especialista en asesoramiento tributario y asociado del estudio Cuatrecasas.

A su vez, el Tribunal anotó que el pedido de nulidad fue solicitado incorrectamente a través de una solicitud de aclaración debido a que este pedido tiene una finalidad “absolutamente distinta a la de un pedido de nulidad”, añadió Balza.

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Tribunal Constitucional del Perú.dfd

El TC también declaró improcedente el pedido de aclaración que hizo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en paralelo a la Sunat.

Como se recuerda, la decisión del TC a inicios de febrero de este año fue criticada por la Sunat y MEF. El MEF llegó a advertir que el impacto económico que tendría la sentencia de intereses moratorios ascendería a cerca de 12 mil millones de soles, un monto equivalente al 1,3% del PBI al 2022 que representa el valor de la deuda en controversia con distintas compañías.

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La Sunat pidió a través de su Procuraduría Pública la nulidad de este fallo el pasado 13 de febrero, indicando que el fallo vulnera “de manera muy grave” el derecho fundalmental a un debido proceso tributario. A su vez, el MEF pidió aclaraciones que fueron respaldadas por el Consejo Fiscal (CF).

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Al extender la prohibición de cobro de intereses moratorios a los procesos que están en el Poder Judicial, se generan no sólo dudas sino también incentivos económicos perversos”, dijo el Consejo Fiscal en un informe publicado en marzo respecto a las controversias futuras por deudas tributarias, pese a coincidir con el objetivo del TC de buscar una solución “a la problemática causada por la demora excesiva” en la resolución de los conflictos tributarios en Perú. Para la entidad peruana, esta decisión genera incentivos en los contribuyentes para judicializar las controversias en materia tributaria y dilatar los procesos.

El Consejo Fiscal también advirtió que prohibir el cobro de intereses moratorios ocasionará que la deuda judicializada conserve su valor nominal, lo que implica una pérdida de valor con el paso del tiempo”.

Revise en los siguientes links la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar los pedidos de aclaración y nulidad del fallo que elimina intereses moratorios de deudas tributarias en litigio:

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