Panamá legisla sobre las empresas con propósito

Comparten un mismo objetivo: atajar los problemas medioambientales y sociales de nuestro tiempo valiéndose de la fuerza del mercado.

Para Panamá estas serán empresas de interés colectivo serán clave para atacar directamente problemas como la pobreza, la desigualdad, el medioambiente, la falta de empleos, explicó su proponente.
02 de junio, 2022 | 10:27 AM

Ciudad de Panamá — Con la decadencia del sector de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), debido al modelo que desarrollan de solo recibir donaciones, surge en Panamá la iniciativa de legislar sobre las empresas de beneficio social, conocidas como BIC, que tengan un impacto directo sobre la pobreza.

Esta semana se publicó en la Gaceta Oficial, órgano oficial del Estado, la ley que crea “las empresas de beneficio a interés colectivo”, definidas como aquellas sociedades mercantiles que tienen como principal objetivo la generación de un impacto positivo en la sociedad y en el ambiente mientras derivan sus ingresos de actividades comerciales, como la venta de bienes o servicios.

Gabriel Silva, diputado proponente de esta ley, defiende la necesidad de contar con este tipo de empresas que coadyuven a generar ingresos desde una óptica que permita cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Explicó que la diferencia de las BIC con las empresas tradicionales es que estas últimas solo están para generar ingresos y así responder a sus accionistas, mientras que las primeras están para establecer valores agregados tendientes a mejorar el entorno social de los ciudadanos.

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La operación de estas empresas conlleva la publicación anual de un informe de gestión de rendición  de cuentas sobre el impacto de las actividades desarrolladas, informe que según la ley será de acceso público y deberá ser realizado por un tercero independiente, utilizando estándares reconocidos internacionalmente  para la medición del aporte social y ambiental.

De acuerdo a la norma,  las BIC deberán operar en por lo menos dos categorías de impacto, siendo una de ellas la de ambiente, además de poseer una página web donde se indique el nombre de sus directores, trabajadores y accionistas que posean  más del 5% de las acciones y cuotas de participación.

Ya en América Latina está surgiendo esta nueva generación de empresas cuyo propósito va mucho más allá del puro beneficio económico, toda vez que adoptan fórmulas jurídicas diversas, desde cooperativas a empresas de beneficio e interés colectivo, y se enmarcan dentro de distintas corrientes, como el emprendimiento social, la economía circular, la banca responsable o el comercio justo.

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No obstante, comparten un mismo objetivo: atajar los problemas medioambientales y sociales de nuestro tiempo valiéndose de la fuerza del mercado.

Se explica que al igual que las empresas tradicionales, las empresas con propósito obtienen el grueso de sus ingresos a través de actividades comerciales que les permiten ser autosuficientes, crecer y producir un impacto a gran escala.

En países donde ya operan estas empresas, Argentina, Brasil, Colombia, Chile, España, México y Portugal, representan en su conjunto más del 87% del PIB total de la región.

Datos recabados sugieren que en ellos existen al menos 170 mil empresas con propósito, las cuales generan en torno al 6% del PIB iberoamericano y emplean a casi 10 millones de personas.

Sin embargo, y como ocurre con las organizaciones sin ánimo de lucro y los gobiernos, su objetivo principal es generar un impacto positivo en el mundo gracias a sus productos, servicios, prácticas y/o beneficios; al tiempo que reducen al mínimo sus externalidades negativas.

Las características de estas empresas con propósito las convierten en uno de los mejores aliados con que cuentan gobiernos, las ONG y las sociedades para alcanzar los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible en 2030.

Silva dijo que alrededor de 10 países en la región ya tienen leyes sobre este tema, o están en ello, pues son aliadas de los gobiernos para cumplir sus objetivos de desarrollo.

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Colombia fue el primer país de la región en otorgarle reconocimiento legal a estas empresas y las denominó “Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo”, mediante la Ley 1901 de 2018.

“Para Panamá estas serán empresas clave para atacar directamente problemas como la pobreza, la desigualdad, el medioambiente, la falta de empleos, entre otras, además de ayudar a atraer inversiones, establecer fidelización con sus clientes y ser parte de organizaciones internacionales”, señaló el diputado de libre postulación.

Indicó que estas empresas deben estar reglamentadas para poder pertenecer a una red internacional que las reconoce como empresas con propósito.

Dijo que a diferencia de las ONG las BIC sí lucran, pero siempre dirigidas a su objetivo de mejorar socialmente el país donde operan.

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En los últimos años, 11 países iberoamericanos han adoptado o sometido a debate nuevas leyes y marcos legales destinados a tipificar y apoyar a aquellas entidades que combinan la actividad comercial con el impacto medioambiental y social, generalmente conceptualizadas como empresas sociales o empresas de beneficio e interés colectivo.

En Panamá estas empresas, conocidas también como “empresas de triple impacto” o “empresas híbridas” no cuentan  por el momento incentivos fiscales, pues lo esencial era crear el marco jurídico, detalló el diputado Gabriel Silva, quien agregó que la ley establece los propósitos, funciones y quién las fiscaliza, para asegurar que está cumpliendo con el impacto social a la cual se ha comprometido.

Por ahora el Consejo Nacional de la Empresa Privada desconoce esta iniciativa ni su objetivo, comentó Rubén Castillo, presidente del gremio.