Guía para presentar la Declaración Anual 2026 de personas físicas ante el SAT

Las personas físicas deberán presentar en el portal del SAT la declaración anual del ejercicio fiscal 2025.

SAT oficinas centrales
01 de abril, 2026 | 09:04 AM

Ciudad de México — Los contribuyentes tienen una cita durante abril con el fisco, por lo que es muy importante que tengan en orden todos sus documentos e información necesaria para presentar la Declaración Anual 2026.

A partir de este 1 de abril, las personas físicas deberán presentar en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la declaración anual del ejercicio fiscal 2025.

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¿Qué se informa en la Declaración Anual? Los contribuyentes deberán declarar ante el SAT el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a los ingresos que recibieron durante 2025 y de acuerdo con su régimen fiscal.

La Declaración Anual deberá contener la información de los ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como los pagos provisionales.

¿Cuándo se presenta la Declaración Anual 2026 de personas físicas?

Durante abril las personas físicas deberán cumplir con esta obligación fiscal.

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A partir del miércoles 1 de abril y hasta el jueves 30 de abril, las personas físicas podrán presentar en el portal del SAT la Declaración Anual.

Una innovación del SAT para este año es que, al ingresar a su sitio para presentar la declaración, se desplegará un recuadro con un calendario que orientará a las personas físicas sobre los días en los que el aplicativo no se encuentra “saturado”.

Con una especie de semáforo, el SAT sugiere a los contribuyentes qué días y horarios de abril son los de mayor disponibilidad en los que más se satura el sitio y los que menos tráfico tienen.

¿Cuáles son los documentos o requisitos que se necesitan para presentar la Declaración Anual de personas físicas?

Antes de entrar en acción con la Declaración Anual, las personas físicas deben tener listos ciertos documentos que son requeridos y necesarios para acceder al portal del SAT y presentar la declaración con éxito.

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Estos son 4 requisitos previos que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugiere conocer para presentar la Declaración Anual 2026:

  1. Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como contar con contraseña y/o e.firma vigente.
  2. Verifica que tu información personal y fiscal esté actualizada en la Constancia de Situación Fiscal.
  3. Verifica que tu domicilio fiscal esté localizable para el SAT (con excepción de quienes tributen en el régimen de sueldos y salarios que opten por solicitar la devolución en el Sistema Automático de Devoluciones). Recuerda que mantener tu domicilio fiscal actualizado es una obligación, en caso de no hacerlo, puedes ser acreedor a una multa.
  4. Verifica que tu Buzón Tributario esté activo y que tus medios de contacto estén actualizados.

Visor de Nómina, Visor de Deducciones Personales y Visor de CFDI

Después de verificar estos 4 requisitos, la Prodecon recomienda a los contribuyentes consultar los Visores de Nómina y Deducciones Personales.

Para consultar los visores deberás ingresar al portal electrónico del SAT y buscar el apartado de “Declaraciones para personas”, después selecciona la opción de “Visores” en donde encontrarás todos los visores disponibles. Podrás acceder con tu contraseña o e.firma.

Visor de nómina para el trabajador: En él podrás consultar la información de tus ingresos por concepto de sueldos, salarios, asimilados a salarios y pagos por separación, así como las retenciones del ISR que fueron informados a la autoridad fiscal por parte de tus personas empleadoras, a través del comprobante fiscal de nómina.

Visor de deducciones personales: Esta herramienta del SAT contiene el listado de los comprobantes fiscales que amparan tus deducciones personales, permitiendo cerciorarte de que dichos CFDI contengan los datos correctos.

Visor de facturas emitidas y recibidas: Te sirve para consultar el importe total de CFDI recibidos y emitidos mensualmente; mismos que servirán para precargar tus declaraciones de ISR e IVA.

Los requisitos y los visores brindan al contribuyente la oportunidad de consultar sus comprobantes fiscales de ingresos, gastos, retenciones e información de pagos, a fin de estar listos para la presentación de la Declaración Anual.

Paso a paso para presentar la Declaración Anual 2026 para personas físicas

1. Acceso al sistema del SAT

El acceso al sistema de la Declaración Anual en el sitio de internet del SAT se realiza con el RFC y la contraseña o e.firma vigentes.

2. Acceso a la Declaración Anual

Ingresa al Portal del SAT www.sat.gob.mx, te aparecerá un calendario con los días de mayor disponibilidad del sitio para acceder al aplicativo, después de clic en el cuadro que dice “Continuar al sitio”, posteriormente busca el recuadro que diga “Declaraciones para personas” y haz clic en el cuadrado que diga “Anual”.

Se desplegará un recuadro y darás clic en “1. Ingresa al servicio”. Para acceder al aplicativo te solicitarán tu RFC y contraseña y/o e.firma, y un Captcha.

3. Inicia con la presentación de la declaración anual

Una vez dentro del aplicativo, hay que dar clic en “Presentar Declaración”, seleccionar declaración normal y asegurarse del ejercicio fiscal a declarar, en este año corresponde el año 2025.

Te aparecerán iconos que ilustran los ingresos a declarar. El sistema te mostrará una preselección de los ingresos a declarar. Es importante que se verifique esta información y sea acorde con tu régimen fiscal.

4. Revisa información de la declaración precargada

Revisa que la información precargada de tus ingresos, deducciones, retenciones y/o pagos provisionales sean correctos, y de ser necesario compleméntala o modifícala.

Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y generados durante 2025 son la materia prima que tiene el SAT para precargar la información.

Las personas físicas deben verificar los ingresos a declarar (sueldos y salarios, intereses, arrendamiento, enajenación de bienes, adquisición de bienes, premios, dividendos, actividad empresarial y servicios profesionales como son honorarios, plataformas tecnológicas, actividades agrícolas y ganaderas).

Los ingresos más comúnmente cargados por el SAT son sueldos y salarios e intereses.

5. Validación de deducciones

Una vez que se revisaron los ingresos, el contribuyente podrá verificar las deducciones personales, así como el monto total de ellas y el monto total por deducir sobre la base del ingreso.

El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco UMAS anuales (Unidades de Medida y Actualización) equivalentes a $213.973.20 o del 15% del total de tus ingresos, esto incluye a ingresos exentos, o lo que resulte menor.

Las excepciones en el tope de las deducciones son gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas.

Los pagadores de impuestos podrán revisar las facturas identificadas por el SAT como posibles deducciones personales y, en caso de que no aparezcan todas las facturas que el contribuyente considere, las podrá agregar siempre y cuando cumplan con los requisitos para hacerlas deducibles.

6. Checa si tienes saldo a favor

Si obtienes un saldo a favor puedes enviar la declaración con la contraseña si el monto no supera los MXN$10.000, o bien, si el saldo es mayor a MXN$10.000 y hasta MXN$150.000, siempre y cuando selecciones la CLABE interbancaria predeterminada en el aplicativo.

Si el saldo a favor supera los MXN$150.000 es indispensable el uso de la e.firma y no podrás solicitar tu devolución de forma automática, deberás presentar el Formato Electrónico de Devoluciones.

7. ¿Saldo en contra?

En caso de resultar impuesto a cargo, el acuse de recibo contendrá una línea de captura con el importe a pagar y la fecha límite de pago, la declaración se tendrá por presentada hasta que se efectúe el pago correspondiente, este puede realizarse mediante transferencia electrónica de fondos desde tu portal bancario.

Si no te es posible pagar el impuesto a cargo en una sola exhibición, lo podrás realizar hasta en seis parcialidades, siempre que envíes la Declaración y cubras la primera parcialidad antes del 30 de abril del 2026. Para ello, selecciona la opción “Opta por pagar en parcialidades” dentro del apartado de la determinación del pago.

La opción de pago en parcialidades quedará sin efecto cuando el adeudo no se haya cubierto en su totalidad, por lo que deberás pagar el importe pendiente de cubrir, dentro de los seis días hábiles siguientes a la fecha en la que surta efectos la notificación.

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