Bogotá — El proyecto de ley de reforma a las pensiones de Colombia recientemente introducido por el Gobierno Nacional es probable que presione a las aseguradoras centradas en rentas vitalicias y seguros de pensiones, según Fitch Ratings.
Sin embargo, la reforma no debería tener implicaciones de calificación generalizadas, ya que las aseguradoras colombianas calificadas por Fitch suscriben cantidades insignificantes o limitadas de rentas vitalicias y seguros de pensiones de invalidez y sobrevivencia.
Muchos aspectos y condiciones para la contratación de seguros de pensiones en virtud de las propuestas aún no se han definido, por lo que el efecto sobre el crecimiento futuro de los seguros de pensiones no está claro. Sin embargo, ninguna empresa calificada por Fitch tiene una concentración de primas en estas dos líneas de negocio superior al 31%.
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Dice la agencia que la menor suscripción tanto de rentas vitalicias como de seguros de pensiones reducirá las primas y presionará los beneficios de las aseguradoras con exposición, ya que estas dos líneas de negocio comprenden casi el 12% de las primas del sector.
Cuando se produce un siniestro de invalidez o supervivencia, se convierte en una renta vitalicia, ya sea para el inválido o para los supervivientes. Las rentas vitalicias, incluidas las pensiones de vejez, invalidez o supervivencia, representaban por término medio en los últimos cinco años el 6% de las primas totales del sector de seguros y el 50% de las reservas totales del sector en diciembre de 2022.
Sin embargo, agrega Fitch, a medio y largo plazo, la reorientación del capital hacia líneas de negocio menos intensivas en capital podría mejorar la rentabilidad, debido a los elevados niveles de siniestralidad y a los riesgos de longevidad, reinversión y duración de estas obligaciones. Las condiciones de suscripción se han vuelto cada vez más complejas, y las primas son insuficientes para compensar los riesgos inherentes a esta línea de negocio.
Según la propuesta de reforma de las pensiones, la mayoría de las rentas vitalicias serán emitidas por Colpensiones. Actualmente, sólo los fondos privados compran seguros de invalidez.
Si se aprueba la reforma, todas las rentas vitalicias de invalidez serán gestionadas por el fondo público, que sería el único comprador de seguros de invalidez y supervivencia.
Todas las cotizaciones al seguro de rentas vitalicias inferiores a 3 veces el salario mínimo también serían gestionadas por Colpensiones, lo que implicaría una disminución significativa de los activos futuros administrados por el sector asegurador.
El proyecto de ley reorientaría las cotizaciones de pensiones de los gestores privados hacia el sistema público. Los fondos privados administran un ahorro pensional obligatorio de unos 346 billones de pesos, unos 74.700 millones de dólares, equivalente a cerca del 30% del PIB colombiano.
La rentabilidad, diversificación, liquidez y duración de las carteras de seguros se verán afectadas negativamente si el mercado de deuda pública y corporativa disminuye sustancialmente.
Si el Gobierno decide no licitar, probablemente se produciría un deterioro de la rentabilidad a corto plazo, pero una mejora a largo plazo, ya que las empresas dejarían de tener una línea de negocio que históricamente no ha sido rentable.
Si el Gobierno decidiera licitar, probablemente aumentarían las primas y la rentabilidad a corto plazo como consecuencia de la cobertura total de la población que cotiza para las pensiones, ya que actualmente este seguro sólo lo compran los fondos de pensiones, pero una licitación también aumentaría los ratios de apalancamiento.
El efecto sobre los emisores calificados depende de si el Gobierno decide suscribir la póliza en el mercado privado de seguros, si abre una única licitación o si divide a la población en segmentos y abre múltiples licitaciones para cubrirlos.
La asignación del 2% de las cotizaciones al seguro de supervivencia e invalidez puede no cubrir los riesgos de longevidad correlacionados con una mayor esperanza de vida. La ausencia de activos de largo plazo disponibles en el mercado colombiano para igualar la duración de estas obligaciones que pueden superar los 40 años. Otra preocupación es que los beneficiarios aumenten por razones legales sin estar contemplados en los términos originales de la póliza.