Más cepo cambiario en Argentina: CNV restringe operatorias de dólar MEP y CCL

La Comisión Nacional de Valores dispuso una medida para restringir la posibilidad de arbitrar entre diferentes cotizaciones de los dólares financieros

Más restricciones al acceso a los dólares libres Fotógrafo: Sarah Pabst/Bloomberg
23 de mayo, 2023 | 08:22 PM

Buenos Aires — La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina emitió este martes, 23 de mayo, la Resolución General 962 (RG962), por la cual definió que los dólares que se obtengan de la compraventa de bonos AL30 o GD30 no podrán ser vendidos a cambio de otros activos financieros, como Ledes, por un plazo de 15 días.

El CEO y fundador del broker digital Cocos, Ariel Sbdar, explicó a sus clientes que aunque la nueva resolución “modifica sustancialmente la operatoria de dólar MEP y CCL en Argentina”, no conlleva cambios para los usurarios minoristas que utilizan botones de compra para hacerse de billetes norteamericanos.

En ese sentido, el ejecutivo comentó que los dólares MEP obtenidos a través de operaciones con “bonos AL30 o GD30, posteriormente, por 15 días, no se podrán vender ... ni utilizar dólares extra para comprar otro activo contra dólares”.

“Además, no vas a poder vender otro activo contra dólares si compraste dólar MEP por AL30 o GD30. Esto significa que si tenías una operatoria habitual a través de botones como el de la aplicación de Cocos, esto no te cambia nada, y vas a poder seguir comprando de manera casi ilimitada. Pero depués tenés que tener en cuenta que si querés vender dólares, tenés que hacerlo por bonos AL30 o GD30 y no otro activo”, agregó Sbdar.

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De acuerdo al experto, más que apuntar a frenar la dolarización de carteras, el cambio busca poner fin al “muy conocido rulo que era comprar dólares por AL30 y GD30, típicamente donde opera el Banco Central, y venderlos por otros activos”.

Si vos estás comprando dólares de esta manera [al MEP], se puede seguir haciendo. Hay un día parking y después se pueden retirar al banco”, dijo Sbdar.

El economista de Romano Group, Salvador Vitelli, interpretó por su parte que se restringe la posibilidad de arbitrar entre las diferentes cotizaciones de los dólares financieros, al obligar a que las operatorias se canalicen a través de los bonos AL30 y GD30. En caso de que no se utilicen esos títulos, se deberá esperar el plazo de 15 días desde que se compraron los dólares para concretar la operación de venta.

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¿Qué dice la RG 962?

De esta forma, el Gobierno busca restringir arbitrajes entre los dólares financieros. En otras palabras, quiere evitar que inversores se hagan de dólares a precios “subsidiados” por la intervención del Gobierno en bonos GD y AL, y que luego los vendan por más dólares utilizando otros títulos.

“Se modifica las condiciones para contabilizar los límites de las carteras propias de agentes para las operaciones de compra venta de valores negociables de renta fija denominados y pagaderos en dólares emitidos por la República Argentina”, dice el comunicado de la CNV.

“La conversión entre acciones ordinarias y Certificados de Depósito Argentino o ADR ... cualquiera sea el sentido de la conversión, también será considerada como una transferencia de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior”, agrega el texto.